El orden de los apellidos
Si son invertidos con uno de los retoños, como puede ocurrir en España, todos los próximos hijos deberán seguir ese mismo orden de apellidos.
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En mis paseos por Internet, me topé con una información que me pareció curiosa y que merece una reflexión desde nuestro lado del charco. Tiene que ver con el orden de los apellidos al nacer.
Resulta que, en el año 2017, España hizo una reforma a su Ley de Registro Civil. La nueva ley dispone que “ya no prevalece el apellido del padre sobre la madre, exigiendo acuerdo entre ambos padres para fijar el orden de los apellidos de sus hijos”.
Es decir, que si Juan Pérez se casa con Sofía de Montenegro y procrean un hijo que llaman Maximiliano, ellos pueden acordar cuál será su primer apellido legal: pudiera ser el del padre o el de la madre. ¿Maximiliano de Montenegro o Maximiliano Pérez? Ellos deciden.
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Entonces, a partir de ese primer retoño, todos los próximos hijos deberán seguir ese mismo orden de apellidos. Así que la hermanita de Maximiliano, Laura, también usará el orden de apellidos Montenegro Pérez, si así lo decidieron con el primer hijo.
Lo que ha hecho España es un movimiento de avanzada. En pleno siglo XXI vivimos en una era diferente a la de nuestros antepasados. Poco a poco hemos dejado de ser una sociedad patriarcal para dar paso a una sociedad más equitativa entre hombres y mujeres, en que tanto el padre como la madre tienen un rol igualitario en la jerarquía familiar. Por lo tanto, de la misma forma en que ambos padres acuerdan cuál será el nombre que le pondrán a su hijo antes de nacer, es lógico que también puedan escoger el primer y segundo apellido que llevará. En España ya lo hacen, sin mayores inconvenientes.
Hay que decir que nosotros, los hispanos, hemos sido más justos en darle importancia y reconocimiento a ambos linajes al momento de formar una familia. En Puerto Rico, por ejemplo, solemos utilizar ambos apellidos: el del padre y el de la madre. A menudo escucho a alguien que se presenta y dice “Me llamo José Rodríguez… Martínez, porque madre tengo”. Es decir, en nuestra sociedad se reconoce el apellido de la madre, cosa que no ocurre en otros lugares.
En países como Estados Unidos y Francia, entre muchos otros, solo se utiliza el apellido del padre; el de la madre ni se menciona. Por cierto, en esos países una mujer pierde su apellido al casarse y toma el apellido de su marido. Si se llamaba Mary Smith al nacer, se llamará Mary Johnson cuando se case con Mr. Johnson.
En términos de escritura, esa es la razón por la cual debes utilizar un guion entre tus dos apellidos cuando escribes tu nombre completo en un documento o una carta dirigida a norteamericanos, de manera a evitar confusiones de cómo te llamas. Es decir, si tu nombre completo es Juana López Rivera y quieres usar tus dos apellidos en el estado de Ohio, deberás escribir ‘Juana López-Rivera’, con el guion entre ambos apellidos; de lo contrario, pensarán que Juana López son tus nombres y Rivera, tu apellido.
Invito a reflexionar sobre la posibilidad de repensar nuestras leyes de registro de recién nacidos y brindarle la libertad a las parejas de decidir el orden de los apellidos que usarán sus hijos. El ofrecer la posibilidad de que los padres utilicen su libre albedrío es una opción más justa que la imposición, por parte del estado, de un orden predeterminado y con preferencia hacia el linaje del padre. Estos son otros tiempos; hay que progresar y romper con los viejos paradigmas que obstaculizan la igualdad entre un hombre y una mujer.
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