Por Natalie Cruz Cotto / Estudiante de derecho

Estudiante de Derecho
Estudiante de Derecho (Suministrada)

El pasado lunes 11 de mayo, el Senado aprobó con enmiendas el nuevo Código Civil de Puerto Rico. Dicho proyecto se avaló en medio de una pandemia y sin vistas públicas.

Desde su aprobación, ha habido una conglomeración en las diferentes plataformas y redes sociales donde el pueblo ha expresado su negación al cambio del Código Civil. Diferentes grupos sociales y sectores han manifestado su rotundo rechazo al lenguaje de algunos artículos que a sus ojos se consideran problemáticos y podrían afectar los derechos fundamentales de poblaciones vulnerables como la comunidad LGBT+.

Sin embargo, todos esos reclamos se basaron en la versión del proyecto sometido por la Cámara de Representantes con fecha del 4 de marzo de 2019. El gobierno de Puerto Rico no publicó una versión oficial con las enmiendas realizadas por el Senado hasta el jueves 14 de mayo, con la sorpresa de que ese mismo día la Cámara de Representantes concurrió con las enmiendas sometidas por el otro cuerpo legislativo.

Ha sido una desfachatez de parte del gobierno retomar el proceso de la aprobación del Código Civil mientras atravesamos por la crisis y los contagios del COVID-19, pero lo único que supera dicho acto es la lamentable desinformación que ha habido en todo este proceso, creada únicamente y exclusivamente por los entes gubernamentales.

Pasaron aproximadamente 72 horas desde la aprobación del código con enmiendas y ninguna página gubernamental hizo público dicho documento, por lo que el pueblo se tuvo que conformar con leer la versión anterior sin enmiendas o confiar en versiones no oficiales publicadas por diferentes Organizaciones No Gubernamentales. Lo más indignante de todo es que cuando por fin deciden publicar la versión oficial, ya no restaba mucho por hacer, la Cámara había aprobado las enmiendas y el caos de la desinformación se encontraba en su punto máximo.

Aunque la Isla no cuenta con estatutos a favor del acceso a la información pública, desde 1982, el Tribunal Supremo en el caso de Soto v Secretario de Justicia, 112 DPR 477 declaró que los ciudadanos tienen un derecho de acceso a la información. Por lo tanto, no hay razón válida por la cual el gobierno se haya demorado en la publicación de lo que es para muchos la ley más importante de un país, reguladora de los derechos de los ciudadanos desde su nacimiento hasta su muerte.

Ahora falta el último paso, la firma de la gobernadora Wanda Vázquez, quien expresó que la pieza legislativa se evaluará “con TODA la rigurosidad que amerita”. Sin embargo, vale la pena recordarle al gobierno que dicha “rigurosidad” no solo le compete a las personas que ocupan los escaños del poder, sino que todo ciudadano debe tener acceso a la información para así manifestar la democracia moderna de una manera informada.

Una y otra vez el gobierno nos ha demostrado la carencia de transparencia en la toma de decisiones. Solo nos resta añadir el proceso de aprobación del Nuevo Código Civil a la lista de fallas y no olvidarlo hasta noviembre del 2020.