Tribunal Supremo ajusta puntuación mínima de la reválida de abogados
Esto provocó que un total de 72 aspirantes adicionales aprobaran el examen que se admitió en marzo.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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La puntación mínima deseada para que un abogado apruebe la reválida general fue ajustada esta mañana de 596 puntos a 569.
Así lo resolvió el Tribunal Supremo de Puerto Rico al considerar que esta puntuación está mejor representada en la actualidad tras recibir el Informe Final de la Comisión Especial para Evaluar la Nota de Pase de las Reválidas de Derecho General y Derecho Notarial, organismo que encomendó evaluar diversos aspectos relacionados a las notas de pase de los exámenes de reválida.
La vigencia de estas notas de pase será efectiva a partir de los exámenes de reválida que recientemente se administraron en marzo de 2022. Esto significa que 72 aspirantes adicionales aprobaron el examen de admisión a la abogacía, para un total de 154 personas, cifra que representa un 42 por ciento de aprobación. La Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría tomará las medidas administrativas necesarias para la implementación de esta determinación a la brevedad posible.
Según el Tribunal Supremo, la evaluación de la nota de pase busca determinar si la puntuación mínima continúa representando la capacidad mínima deseada para ejercer la abogacía o la notaría. El último estudio de evaluación se llevó a cabo en el 1985, el cual estableció en 1994 la nota de pase de 596 puntos ajustados.
“Independiente de la calidad y confiabilidad del examen, es recomendable la evaluación periódica de la puntuación mínima o nota de pase que debe obtener una persona aspirante para aprobar estos exámenes. Por ello, la Regla 5(5.6.1) del Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría, 4 LPRA Ap. XVII -B, expresa que esta puntuación mínima será fijada por este Tribunal de tiempo en tiempo. La evaluación de la nota de pase busca determinar sí la puntuación mínima o -nota de pase continúa representando la capacidad mínima deseada para ejercer la abogacía o la notaría en nuestra jurisdicción”, lee la Resolución EC-2022-03 emitida esta mañana.
El Tribunal determinó analizar si la puntuación mínima actual de 596 puntos ajustados para aprobar los exámenes para ingresar a la abogacía y a la notaría deben modificarse o mantenerse para así representar adecuadamente la capacidad mínima esperada en un abogado o una abogada novato.
Por ende, el doctor Chad W. Buckendahl, por medio de la compañía ACS Ventures, fue el encargado de efectuar un estudio psicométrico para evaluar de manera empírica el desempeño de los aspirantes. El primer informe de su análisis presentado a la Junta Examinadora, titulado Realización de un Estudio de Establecimiento de Normas para el Examen de Abogados y Notarios de Puerto Rico (Conducting a Standard Setting Study for the Puerto Rico Bar Exam and Notary Exam, en inglés), recomendó considerar disminuir la puntuación mínima para aprobar la reválida general.
No obstante, hizo énfasis de que, para tomar una determinación final sobre la nota de pase, los rangos debían considerarse junto a los factores de política pública que se persiguen en Puerto Rico en torno al ejercicio de la profesión legal.
Cuando esa evaluación culminó, el Tribunal Supremo creó el 28 de mayo la Comisión Especial para Evaluar la Nota de Pase de las Reválidas de Derecho General y Derecho Notarial (Comisión Especial) para complementar la evaluación requerida para fijar esta puntuación. Esto lo hizo mediante la recopilación de datos para informar la radiografía del perfil de los egresados de las tres escuelas de derecho en Puerto Rico, la Pontificia Universidad Católica en Ponce, la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana y la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, así como su gestión académica-curricular.
Basado en la información y los datos recopilados por la Junta Examinadora, la Comisión Especial le solicitó a Buckendahl un segundo informe psicométrico en el que se evaluara de manera empírica el desempeño de los y las aspirantes entre 2010 a 2020.
Fue así que concluyó en su segundo informe psicométrico, Evaluación de Comparabilidad de Aspirantes al Examen de Abogados de Puerto Rico 2010-2020 (Puerto Rico Bar Examination Applicant Comparability Evaluation 2010-2020, en inglés) que las personas examinadas en el 2020 no estaban igualmente preparadas para el examen de reválida si se compara con la población de personas examinadas anteriormente.
De este estudio, sugirió alterar la puntuación mínima necesaria para abogados, ya que también tomó en consideración cambios generacionales, en la formación de los estudiantes, en la forma de estudio y en lo que la profesión espera del nuevo abogado o abogada.
En cuanto a la reválida notarial, la puntuación mínima permanecerá inalterada en 596 puntos ajustados, aunque fue acogida la recomendación de la Comisión Especial para que, en la medida posible, estas se revisen cada 10 años.
Los hallazgos y recomendaciones están compilados en el informe final que preparó la Comisión Especial.
“Tras recibir el Informe final de la Comisión Especial, se reafirma el valor del instrumento que se utiliza para medir la capacidad mínima deseada para ser un profesional del derecho, el cual utiliza métodos psicométricos y de calibración comparables a los empleados en otras jurisdicciones de los Estados Unidos conforme a la National Conference of Bar Examiners. Igualmente, se valida la calidad de la información que se obtiene a través de los exámenes para la admisión al ejercicio de la profesión”, lee la Resolución.