Negociado de Energía advierte a LUMA no limitar procesos para objetar facturas
Tras la emergencia por el paso del huracán Fiona por Puerto Rico.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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El Negociado de Energía de Puerto Rico emitió hoy una resolución y orden para iniciar una investigación sobre el manejo de las objeciones de factura presentadas ante LUMA Energy durante el periodo de la emergencia provocada por el paso del huracán Fiona por Puerto Rico.
El Negociado de Energía acogió la solicitud de investigación presentada el pasado 8 de octubre por la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC) para que se comience una investigación sobre el proceso de objeción de factura mediante llamadas telefónicas y a través del portal cibernético de LUMA Energy.
Según el marco estatutario y reglamentario, el Negociado de Energía ostenta jurisdicción para realizar las investigaciones presentadas por la OIPC, las cuales por ser relacionadas al proceso de objeción de facturas por economía procesal las consolida y atenderá en un mismo procedimiento de investigación.
“El Negociado de Energía tiene jurisdicción y amplios poderes para investigar cualquier asunto que se refiera al cumplimiento con leyes que incidan en la ejecución de la política pública energética. Es prudente y necesario realizar una investigación respecto a las prácticas de LUMA para el manejo de las objeciones de factura”, expresó por escrito el presidente del ente regulador, Edison Avilés Deliz.
En su resolución, el Negociado ordena a LUMA Energy lo siguiente:
-Cesar y desistir inmediatamente de cualquier práctica que impida que los clientes puedan presentar su objeción a facturas a través de llamada telefónica o a través del portal cibernético de LUMA.
-Extender los términos para los abonados presentar objeciones por el mismo término de días en que LUMA no estaba permitiendo recibir objeciones mediante llamadas telefónicas y/o a través del portal cibernético de LUMA.
-Notificar inmediatamente a los abonados sobre la extensión de términos.
-Someter evidencia detallada de su cumplimiento con lo anterior, en o antes de 10 días contados a partir de la notificación de esta resolución y orden.
Reacciona LUMA
El consorcio, mediante declaraciones escritas, señaló que como una forma de priorizar las llamadas de emergencia, se implementó una medida temporal para atender consultas de facturación mediante visitas presenciales, la aplicación Mi LUMA, el portal web y por correo. No obstante, LUMA indicó que “tan pronto terminó la emergencia, reanudamos nuestras operaciones normales, y los clientes han podido consultar sus facturas por teléfono”.
“En LUMA, estamos comprometidos con trabajar con el NEPR y continuar enfocados en atender las preocupaciones o preguntas que tengan nuestros clientes en relación con sus facturas”.