Comisionado de Seguros Sostiene orden de cese y desista contra Triple S
Y le impone multa de $50 mil por prácticas contrarias a Ley de Pago Puntual.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 1 año.
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La Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) de Puerto Rico confirmó una orden de cese y desista contra la aseguradora Triple S por implementar prácticas contrarias a Ley de Pago Puntual y la Regla Núm. 73 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, y le impuso una multa ascendente a $50 mil dólares a esa práctica.
La aseguradora también deberá modificar sus procesos relacionados al trámite para resolver disputas de pago de reclamaciones de proveedores, y presentar prueba del cumplimiento con la orden administrativa a la OCS, dentro del término de veinte (20) días a raíz de esta determinación, que se produce como resultado de una resolución de investigación presentada por el Centro Médico Turabo Inc, que es parte de la red de hospitales Hima San Pablo.
La determinación original de la Oficina del Comisionado de Seguros fue presentada el 2 de junio, luego que HIMA San Pablo denunciara como irregular el proceso implementado por Triple S para el pago de facturas de servicios prestados por la institución hospitalaria, pero fue cuestionada por la aseguradora.
En sus alegatos, Triple S sostuvo que la determinación excedía los parámetros de la OCS, sin embargo, el regulador sostuvo la misma.
“La OCS realizó una minuciosa investigación originada por una solicitud presentada por los hospitales HIMA San Pablo contra la aseguradora Triple S Salud, en la cual se identificó la implementación de procesos llamados “mecanismos operacionales” de “ajuste” y de “reconsideración”, que tienen el
efecto de dilatar y preterir el proceso dispuesto en la ley de Pago Puntual para el pago de reclamaciones de servicios de salud prestados. La más reciente decisión reafirma la corrección de la acción tomada por el regulador”, afirmó el Comisionado de Seguros, Lcdo. Alexander Adams Vega, en un comunicado de prensa.
Según la investigación realizada por la OCS, “el asegurador posee un Manual en donde se detalla la creación de niveles de revisión para resolver disputas que surjan en cuanto al pago de reclamaciones de sus proveedores de servicios de salud que no guarda relación con la Ley de Pago Puntual del Código de Seguros de Puerto Rico, ni la Regla Núm. 73 del Reglamento adoptado al amparo del Código de Seguros de Puerto Rico. El mecanismo de resolución de disputas establecido por la aseguradora violenta y dilata los términos establecidos en la Ley para Pago Puntual”.
La controversia llevó a HIMA San Pablo a romper relaciones con la aseguradora en marzo pasado. La resolución emitida ayer por la OCS se produce pocos días después que HIMA San Pablo presentara una colosal quiebra, catalogada como la quiebra más grande en los últimos 30 años en Puerto Rico. La deuda de HIMA San Pablo con sus acreedores ronda los 400 millones, de los que una cuarta parte es deuda no asegurada, según reportó hace unos días El Nuevo Día.