El Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico (CIAPR) y el Colegio de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico (CAAPPR) anunciaron la adopción conjunta de una posición institucional para promover la organización legal de sus colegiados para la prestación de servicios profesionales bajo la Ley 173-1988. Dicha ley dispone sobre los requisitos para el ejercicio de cuatro profesiones, ingeniería, arquitectura, agrimensura y arquitectura paisajista, todas las cuales están interrelacionadas y se complementan para poder cumplir con el propósito de proteger la vida, la salud, la seguridad y el bienestar público.

La iniciativa surge con motivo de las frecuentes consultas que ambas organizaciones reciben sobre el particular, situación ante la cual sus respectivas Juntas de Gobierno entendieron necesario expresar públicamente la política institucional sobre cómo aquellos profesionales cobijados bajo ambas entidades pueden organizarse legalmente como corporaciones profesionales y/o compañías de responsabilidad limitada para ofrecer y rendir servicios profesionales.

“La implementación de políticas públicas sólidas a nivel institucional no solo fortalece nuestras profesiones, sino que garantiza que las prácticas de nuestras profesiones sean un motor de desarrollo sostenible y seguridad para el país. Las corporaciones profesionales deben estar alineadas al ejercicio profesional con los intereses del bienestar común, promoviendo estándares de excelencia que impacten positivamente en nuestra sociedad.” mencionó por escrito el agrimensor Carlos Fournier, Presidente del CIAPR.

La firma se llevó a cabo en la sede del Colegio de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas en San Juan, con la presencia de la arquitecta Alexandra Betancourt Pagán, presidenta del CAAPPR y el agrimensor Carlos Fournier Morales, presidente del CIAPR.

“Tanto el CAAPPR como el CIAPR reciben constantemente consultas relacionadas a cómo establecer en Puerto Rico una corporación de servicios profesionales de arquitectura e ingeniería. La práctica de la arquitectura, la arquitectura paisajista, la agrimensura, y la ingeniería, y todas las ramas de esta última, están relacionadas y cobijadas bajo la Ley 173, del 12 de agosto del 1988. Por esta razón, resulta imprescindible que ambas instituciones estén vinculadas al expresarse sobre temas que inciden en la práctica de nuestros miembros. A tales efectos, ambos colegios hemos unido esfuerzos para desarrollar una misma narrativa, y así orientar en la misma forma a nuestros colegiados. Esperamos que este sea uno de los muchos esfuerzos que juntos realizaremos ambos colegios”, dijo la presidenta del CAAPPR, Arq. Alexandra Betancourt Pagán.

Explicó que “con la carta circular dirigida a nuestra matrícula buscamos orientar a todos los miembros del CAAPPR sobre este tema. Este es un primer esfuerzo, ya que es nuestro interés proponer un Proyecto de Ley para enmendar la Ley 173 con el objetivo de que se despeje cualquier duda sobre su interpretación referente al ejercicio corporativo de las disciplinas que están reguladas por dicha ley”.

Esta posición surge de la necesidad de orientar a los profesionales de estas disciplinas sobre las formas legales disponibles para organizarse, maximizando tanto la eficiencia como la protección de sus prácticas. El objetivo es fomentar una práctica profesional moderna y estructurada que cumpla con los requisitos legales, éticos y fiscales de Puerto Rico.