Más de cinco mil fuegos forestales en lo que va de año
Pero en ese periodo nadie ha sido acusado criminalmente de provocar los incendios que han obligado a cientos de movilizaciones del Cuerpo de Bomberos a través de todo el país.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 11 años.
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Durante los primeros tres meses de 2013 se han registrado más de 5,000 fuegos forestales cuyo origen se asocia a la actividad humana, pero en ese periodo nadie ha sido acusado criminalmente de provocar los incendios que han obligado a cientos de movilizaciones del Cuerpo de Bomberos a través de todo el país.
"Este año no hemos procesado a nadie. En años anteriores sí", manifestó el teniente Ángel Crespo, quien confirmó que al culminar marzo ya los incendios forestales sobrepasaban los 5,000 y precisó que todos se asocian con prácticas accidentales o intencionales de los ciudadanos.
"No podemos decir que todos son provocados deliberadamente, pero se deben a dos factores, el climatológico y el comportamiento humano", sostuvo Crespo, recién confirmado como nuevo jefe del Cuerpo de Bomberos.
Preguntado sobre la impunidad de los incendiarios, Crespo dijo a este medio que urge más ayuda de la gente para denunciar casos de fuegos deliberados en pastizales, pero sostuvo que han coordinado con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) para intensificar vigilancias en los bosques.
"Necesitamos más ayuda ciudadana, pero con el DRNA hemos redoblado planes de trabajo en áreas susceptibles", puntualizó al recordar que el Código Penal tipifica como delito tres modalidades principales de incendios, incluido el forestal.
"La quema en Puerto Rico está prohibida. Es un delito tipificado por el Código Penal en
modalidades de provocar incendio, incendio agravado e incendio forestal", sentenció al referirse a leyes que proveen, en el caso de fuegos de pasto u otros similares, para imponer cárcel por un mínimo de tres años y hasta de ocho, si se demuestra el agravante de peligro a la vida.
El incendio forestal, en el nuevo Código Penal está tipificado en el Artículo 232 y se refiere a "toda persona que incendie montes, sembrados, pastos, bosques o plantaciones ajenos" a quien el tribunal podrá sancionar "con pena de reclusión por un término fijo de tres años" y también puede aplicarle pena de restitución de daños. "Si media peligro para la vida, salud o integridad física de las personas, (el acusado) será sancionado con pena
de reclusión por un término fijo de ocho años", de probarse el delito.
Como medida para evitar más fuegos forestales, Crespo reveló que se están creando surcos estratégicos en ciertos bosques protegidos por el gobierno. "Se trata de caminos o grietas para romper combustible vegetal con maquinaria, como parte de un esfuerzo de prevención especial", dijo
Sobre el comportamiento humano de alto riesgo en tiempos en que mucha vegetación se seca, como al presente, mencionó la ilegal quema de basura y neumáticos, el lanzamiento de colillas de cigarrillos a la vegetación y hasta vehículos encendidos cuyos tubos de emisiones de gases o 'mufflers' toque un pastizales, ya que ese calor puede generar un fuego.
El teniente Crespo lamentó también prácticas deliberadas, pero igualmente ilegales, como quemas originadas por pescadores de jueyes inescrupulosos, que incendian áreas para procurar que esos crustáceos salgan de sus cuevas y así facilitar sus capturas