El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió del ejercicio de la profesión a la abogada Yesenia Vázquez Torres, quien  ayudó al narcotraficante José Figueroa Agosto, alias “Junior Cápsula”, a obtener en 1993 un pasaporte ofreciendo información falsa.

En abril del año pasado, el juez federal José A. Fusté  sentenció a la letrada a un año de probatoria y 80 horas de servicio comunitario, y calificó el delito cometido por  Vázquez Torres como “un error de juventud”. Cabe destacar que los actos cometidos por la abogada fueron previo a haber estudiado derecho.

El Tribunal Supremo en su sentencia, en tanto,  consigna  que la acción de la letrada conlleva “una seria falta de honradez” y que lo que corresponde es separarla de la profesión.

La suspensión, indefinida, fue efectiva el pasado 11 de julio. En Puerto Rico los abogados están sujetos a ser expulsados del ejercicio de la profesión legal si son hallados culpables de engaño, conducta inmoral, delito grave o delito menos grave en conexión con el ejercicio de trabajo.

Aunque se trata de convicción federal, el Tribunal destacó que cuando de una sentencia federal surge la admisión de unos hechos que implican depravasión moral y falta de honradez, lo que corresponde es la expulsión.

Depravasión moral en este caso se define como hacer algo contrario a la justicia, a la honradez, a los buenos principios o la moral.

En el preacuerdo de culpabilidad firmado entre Vázquez Torres y la Fiscalía Federal de San Juan se señaló que el 17 de diciembre de 1999, la abogada acompañó a Junior Cápsula a la Oficina de Pasaportes del Departamento de Estado de Puerto Rico. Allí Figueroa Agosto solicitó un pasaporte bajo el nombre ficticio de "Ángel F. Rosa Rivera".

La licenciada Váquez también solicitó un pasaporte a su nombre. A sabiendas, ambos ofrecieron la misma dirección residencail -la de Vázquez Torres- aunque Figueroa Agosto no vivía allí.

En el Tribunal Federal, Vázquez Torres logró que le archivaran los cargos más graves y el 26 de abril de 2010 se declaró culpable de perjurio. La sentencia del Supremo fue emitida el pasado 30 de junio.