Transmitirán en vivo vista preliminar en alzada contra "El Manco"
Tribunal Supremo declara a lugar petición de canal de televisión.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 8 años.
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El tribunal Supremo de Puerto Rico declaró ha lugar la petición presentada para transmitir en vivo la vista preliminar en alzada contra Luis Rivera Seijo mejor conocido como "El Manco" por la muerte del caso del niño Lorenzo.
Este diario recibió la resolución de tres páginas en la que se declara ha lugar el pedido de Telenoticias, Telemundo Puerto Rico.
El canal de televisión radicó una petición especial de autorización para el uso de cámaras y equipo audiovisual para la transmisión de la vista preliminar en alzada contra Rivera Seijo, que está programada para el 10 de mayo.
El pasado 26 de abril el juez Carlos Salgado determinó no causa para juicio contra Rivera Seijo tras evaluar la prueba presentada mediante 13 testigos y varias semanas de desfile de prueba
La resolución enviada a la prensa hoy, pero con fecha del pasado 29 de abril, adelanta las posiciones de cuatro de los ocho jueces en el Tribunal Supremo: la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y Luis Estrella Martínez declararían ha lugar el pedido, mientras los jueces Anabelle Rodríguez y Edgardo Rivera García declararían no ha lugar.
La jueza Mildred G. Pabón Charneco no interviene en la resolución, mientras que no adelantan su posición en esta controversia los jueces Erick V. Kolthoff Caraballo y Roberto Feliberti Cintrón.
El pasado 18 de marzo un intento anterior -sometida por Televicentro- para que se transmitiera la vista preliminar de Rivera Seijo fue denegado por una mayoría del Tribunal Supremo.
En aquel entonces, se denegó la cobertura en debe a tres razones: la primera que la sala no era parte del programa experimental, por lo que la petición para la cobertura se debió hacer con 20 días de anticipación; la segunda que “en lo criminal, se ha de entender por procesos judiciales únicamente a juicios por tribunal de derecho, lecturas de fallo y vistas de lectura de sentencia. Por tanto, el reglamento no autoriza la grabación de otros procesos en lo criminal, como, por ejemplo, la vista preliminar” y por último que el canal compareció por vía de su vicepresidente de Noticias, Enrique Cruz, sin la representación de un abogado.
En su voto disidente del 18 de marzo, la presidenta del Supremo establece que el reglamento del programa experimental no debe atar al Tribunal a restringir el acceso a la prensa, pues su fin es “cumplir el cometido de más acceso y transparencia”.
Destacó, además, la importancia que el pueblo le ha dado al asesinato del niño Lorenzo. Indicó que ha “generado en la ciudadanía incertidumbre, desasosiego, escepticismo y desconfianza”.
“Podemos, desde la Rama Judicial, ayudar a esclarecer esta incertidumbre y confusión”, dijo la presidenta del Supremo. “En esta ocasión, perdemos una oportunidad de que el País sea testigo del orden, la verticalidad y la transparencia con la que se llevan a cabo nuestros procesos”, culminó.