Supremo no paraliza recuento en Aguadilla y falla en contra del juramentado alcalde
Se mantiene la orden de Apelaciones que acogió una impugnación de la exalcaldesa Yanitsia Irizarry, declaró nula la certificación electoral de Julio Roldán y ordenó contar los votos manualmente.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 3 años.
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El Tribunal Supremo determinó “no ha lugar” al recurso de certiorari y a la moción en auxilio de jurisdicción presentados por el juramentado alcalde de Aguadilla, Julio Roldán, quien buscaba paralizar el recuento manual de votos en la contienda por la alcaldía, en las pasadas elecciones generales de noviembre.
Tras esta decisión, se mantiene la orden emitida el pasado miércoles por el Tribunal de Apelaciones, que acogió una impugnación de la exalcaldesa novoprogresista Yanitsia Irizarry y ordenó a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) a contar los votos manualmente. Además, declaró nula la certificación electoral de Roldán.
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El conteo de votos manual iniciará mañana, sábado, según la sentencia del Supremo.
La jueza presidenta, Maite D. Oronoz Rodríguez, y dos jueces asociados –Luis F. Estrella Martínez y Angel Colón Pérez– emitieron votos disidentes. Mientras, el juez asociado Erick V. Kolthoff Caraballo se inhibió.
Los jueces asociados al Supremo que decidieron el “no ha lugar” fueron: Rafael L. Martínez Torres, Mildred G. Pabón Charneco, Edgardo Rivera García y Roberto Feliberti Cintrón, todos nombrados por el exgobernador Luis Fortuño Burset.
“Este foro debió proteger la intención de todos los electores que emitieron válidamente su voto en las elecciones generales del 3 de noviembre de 2020. Al no hacerlo, ha dado paso a la invalidación de miles de votos de electores que confiaron en su prerrogativa electoral -de rango constitucional- se respetaría en línea con su intención inequívoca. Tal proceder avala que un panel del Tribunal de Apelaciones cambie las reglas del juego después de celebrados los comicios”, escribió Oronoz Rodríguez.
La demanda de Irrizary impugna la validez de más de 50 votos mixtos y pide que se declaren nulos. Además, pide un recuento atemperado a la nueva ley electoral y exige que se impugne la certificación que emitió la CEE. Según el recuento electoral, el popular habría prevalecido por 40 votos: 8,845 contra 8,805.
El Apelativo revocó la sentencia emitida a principios de febrero por la jueza Rebecca de León Ríos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, quien dictaminó que los votos mixtos son válidos y validó la certificación electoral de Roldán.
El juez asociado Colón Pérez expresó que disentía “enérgicamente” a una decisión que catalogó como un “erróneo e injusto proceder” de los cuatro jueces que decidieron en este caso y aseguró que “solo pretende acceder a los caprichos de quienes buscan lesionar nuestro sistema democrático”.
Irrizary, quien trabajó como secretaria de la Familia bajo la administración de Fortuño, asumió como alcaldesa de Aguadilla en febrero de 2020 tras ser la única que se postuló para llenar la vacante que dejó Carlos Méndez tras su retiro luego de 24 años como primer ejecutivo municipal.