Supremo determina “no ha lugar” en caso de grabaciones de Andrea Ruiz Costas
Tres jueces presentan opiniones disidentes en la reconsideración presentada por el Overseas Press Club sobre la divulgación de audios del caso de la mujer asesinada.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 3 años.
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El Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró no ha lugar la reconsideración presentada por el Overseas Press Club (OPC) de Puerto Rico en aras de que se hicieran públicas las grabaciones de las comparecencias de Andrea Ruiz Costas en el tribunal de Caguas.
“Examinada la Solicitud de reconsideración y de vista para argumentación oral presentada por el Overseas Press Club de Puerto Rico, se provee no ha lugar. Aténgase a lo resuelto por este Tribunal, lee la sentencia.
De inmediato, el presidente de la OPC, el periodista Luis Guardiola, reaccionó, al establecer que la entidad “lamenta que la mayoría de nuestro Tribunal Supremo decidiera no reconsiderar su posición en torno a la divulgación de las grabaciones judiciales en el caso de Andrea Ruiz Costas”.
“Cumplimos con el país. Reiteramos que en este caso no se justifica el manto de confidencialidad que nuestro máximo foro judicial extendió sobre estos documentos públicos, especialmente después de que una de las grabaciones llego a manos de Noticel. Agradecemos a la familia de Andrea, en especial a su madre Olga, por respaldar nuestro pedido y les deseamos paz y sosiego ante tan dolorosa perdida. Andrea no murió en vano. La Junta de Directores del OPC analizará los próximos pasos en su compromiso ineludible porque se garantice el acceso del pueblo a la información publica a la que tiene derecho por mandato constitucional”, añadió.
Consta en el documento emitido por el Supremo que tres jueces mostraron posiciones disidentes a la mayoría de la curia.
La jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez, estableció que siempre estuvo a favor de la divulgación.
“Mi postura es que las grabaciones solicitadas se deben divulgar. Así lo manifesté tanto en el Voto Particular Disidente que emití para este caso como en la Opinión Disidente que emití en Pueblo v. Miguel Ocasio Santiago, CT -2021-08. Allí expresé además que las grabaciones se debían divulgar a la familia de Andrea Ruiz Costas antes que al resto del público”, lee parte de su expresión.
Mientras, el juez asociado Luis Estrella Martínez dijo que: “Disiento respetuosamente de la resolución denegatoria emitida por una mayoría de este tribunal a la Solicitud de reconsideración y de vista para argumentación oral presentada por el Overseas Press Club de Puerto Rico. En su lugar, tal y como he reiterado, reconsideraría y ordenaría la divulgación de la grabación aquí solicitada”.
Finalmente, el juez asociado Ángel Colón Pérez también disintió e, igualmente, expresó que favorecía la divulgación de los audios.