Supremo deniega petición de transmitir vista contra Lutgardo Acevedo
El juez asociado Rafael Martínez Torres emitió un voto particular en contra del acceso a las cámaras, al cual se unieron la jueza presidente Liana Fiol Matta y el magistrado Roberto Feliberti Cintrón.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 9 años.
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El Tribunal Supremo de Puerto Rico denegó este miércoles la petición hecha por la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (Asppro), la Asociación de Fotoperiodistas y el Overseas Press Club para transmitir en vivo la vista preliminar en la esfera estatal contra el contable Lutgardo Acevedo López, convicto a nivel federal por cargos de corrupción judicial.
Según la resolución del tribunal, el juez asociado Rafael Martínez Torres emitió un voto particular en contra del acceso a las cámaras, al cual se unieron la jueza presidente Liana Fiol Matta y el magistrado Roberto Feliberti Cintrón.
Su oposición responde, entre otras cosas, a la falta de una reglamentación fija sobre el acceso a las cámaras a los tribunales, que comenzó como un proyecto experimental en salas que se atendían casos civiles.
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Mientras, el juez Edgardo Rivera García emitió un voto particular de conformidad.
Por su parte, los jueces Erick Kolthoff Caraballo y Luis Estrella Martínez emitieron votos particulares disidentes a favor de la petición de los gremios periodísticos. La jueza Anabelle Rodríguez Rodríguez no intervino.
En su opinión particular, Martínez Torres se expresó en contra de autorizar el acceso de las cámaras porque este asunto aún no se ha reglamentado de manera uniforme. El togado, que reconoció que se ha permitido la presencia de los fotoperiodistas en eventos posteriores a la convicción, mostró preocupación porque nunca habían autorizado la transmisión y la toma de fotografías en vistas evidenciarias en casos penales. En este sentido, citó el voto de conformidad que emitió el exjuez presidente Federico Hernández Denton, al que él y Estrella Martínez se unieron, cuando se autorizó por primera vez la presencia de las cámaras en los procedimientos penales.
“Claro está, al acceder a lo solicitado, consideramos cuidadosamente que este se encuentra en la etapa de vista de sentencia donde un jurado deliberó y adjudicó la responsabilidad penal del acusado. O sea, no estamos ante una petición para transmitir el juicio o la vista preliminar, las cuales son etapas más sensitivas del proceso criminal”.
En el caso de Rivera García, éste también se opuso a la petición de los gremios periodísticos porque la solicitud presentada para transmitir en vivo las incidencias de la vista preliminar de Acevedo López “está fuera del alcance” de la reglamentación que hasta el momento se ha adoptado.
“El Canon 15 de Ética Judicial se enmendó con el único propósito de viabilizar la implantación de un plan experimental aplicable exclusivamente a los casos civiles que se dilucidarán en las Salas de Recursos Extraordinarios del Centro Judicial de San Juan”, expresó.
Rivera García puntualizó que la petición de los periodistas es “prematura, por lo que su aceptación hubiese correspondido a una intervención inadecuada e indebida con la discreción que cobija al juez del tribunal de primera instancia”, particularmente cuando éste tiene ante sí una moción del ministerio público para celebrar una vista en privado para proteger la vida de uno de los testigos del caso.
En su escrito de cuatro páginas, el magistrado urgió a la aprobación de un reglamento final “en el que se consideren las realidades y dinámicas muy particulares” que acontecen en las salas civiles y penales.
Por el otro lado, Kolthoff Caraballo y Estrella Martínez estuvieron a favor de permitir la entrada de las cámaras. El primero señaló que la presencia de los fotoperiodistas “en las salas de nuestros tribunales trae consigo luz” porque “permiten que observemos con claridad y sin intermediarios los procesos en el interior de nuestros salones de vistas”.
“En este contexto, entiendo que si existe un caso al que le fuera conveniente agregar ese elemento adicional de transparencia que aportan las cámaras de televisión es el que hoy la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (Asppro) y otros gremios periodísticos nos solicitan transmitir”, escribió.
Por su parte, Estrella Martínez sostuvo que la “transmisión de los procedimientos judiciales facilita el acceso a la información, la transparencia proactiva y constituye un valioso mecanismo de prevención de corrupción en el sistema judicial y en las fuerzas del orden público”.
La Asppro junto a los otros gremios periodísticos pidieron autorización para transmitir en vivo y tomar fotografías de la vista preliminar contra Acevedo López señalada para este próximo viernes, 24 de abril, en la Sala 605 del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, presidida por el juez Enrique Silva Avilés.
La Asppro respeta la decisión
En unas declaraciones escritas, el presidente de la Asppro, el periodista Rafael Lenín López, indicó que aunque hubiesen preferido una decisión distinta, respetan la determinación del Supremo.
“Reconocemos que bajo el plan provisional, así como con un programa permanente de acceso de cámaras a las salas judiciales, que estamos reclamando, cada caso se evalúa individualmente. Por el lado positivo, consideramos que esta decisión debe derrotar cualquier reparo en la Rama Judicial a nuestro reclamo histórico, pues los tribunales siempre tendrán la última palabra. Aprovechamos la coyuntura para solicitar que el Tribunal Supremo agilice todo el proceso de cara a establecer permanentemente el programa de acceso de las cámaras a las salas judiciales del país”, declaró López.
Acevedo López enfrenta un cargo de homicidio negligente, un cargo de resistencia a la autoridad pública y otro cargo por manejar en estado de embriaguez relacionados a la muerte del oficial de seguridad Félix Babilonia, en medio de un accidente de tránsito ocurrido en Moca en 2012.
En agosto del pasado año, el contador público aceptó ante un juez federal que le pagó al convicto exjuez Manuel Acevedo Hernández más de $54,400 en efectivo a través de un intermediario, a cambio de ser favorecido en el caso criminal en su contra por homicidio negligente, del que salió absuelto.