Sentencian a siete años en probatoria a Lisha Ramón por cargos de agresión y Ley de Armas
Deberá pagar también una penalidad de $600.
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La jueza Wanda Cruz Ayala sentenció hoy a cumplir siete años en probatoria a la vendedora de jugos naturales Lisha Adarquiris Ramón Mejías, de 22 años, acusada de agresión grave y violación a la Ley de Armas, tras una alegación preacordada de culpabilidad que conllevó la reclasificación de los cargos.
También debe pagar una penalidad de $600, confirmó la oficina de prensa de la Administración de Tribunales.
Se citó a una vista de seguimiento para el 26 de septiembre a las 9:00 a.m.
El acuerdo contó con el aval de la perjudicada a la cual se le extendió por un año una orden de protección al amparo de la Ley 284-1999, conocida como, Ley Contra el Acecho en Puerto Rico.
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El Tribunal había solicitado un informe presentencia, el cual fue discutido por las partes durante la vista de hoy, para asegurarse de que Ramón Mejías cualificaba para que su pena sea cumplida bajo el régimen de sentencia suspendida por un período de siete años, informó para el 24 de mayo, el Departamento de Justicia.
Ramón Mejías está acusada por agresión grave, pero se le eliminó la modalidad de lesión mutilante y, en el caso de la Ley de Armas del artículo 6.06 (Portación y Uso de Armas Blancas), se reclasificó al 6.08 (Posesión de Armas de Fuego sin Licencia).
La imputada, que es representada por el licenciado Pedro Rivera, aceptó los hechos mediante un acuerdo con la fiscal Teresita Del Rosario Morales Arteaga.
Se le impusieron condiciones de horario, tratamiento psicológico y cumplir con la orden de protección.
Los hechos que se le imputaron ocurrieron en la madrugada del 8 de octubre del año pasado cerca de un negocio en la intersección de la calle Sagrado Corazón con la Avenida Eduardo Conde, en Villa Palmeras, Santurce, en el que se vio involucrada en una disputa con otra mujer que alegó que le cortaron un brazo con un objeto que podría ser una botella de cristal rota, que requirió que le tomaran puntos de sutura.