Secretario de Justicia reacciona a excarcelación de joven convicto por asesinato en Fajardo
Domingo Emanuelli aseguró que la condena de Juan Carlos Serrano Matta en 2020 se emitió “conforme con el derecho vigente en ese momento”.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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Tras la liberación de Juan Carlos Serrano Matta, un joven de 30 años al que un jurado encontró culpable en marzo de 2020 por un asesinato registrado en Fajardo sin alcanzar la unanimidad, el secretario del Departamento de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, aclaró este viernes que este “resultó convicto de varios delitos, conforme a derecho, mediante veredictos mayoritarios y válidos” en dos juicios.
En declaraciones escritas, este sostuvo que Serrano Matta, quien cumplía una condena por el delito de asesinato en primer grado contra Raúl Cedeño Ramos, de 33 años, y dos infracciones a la Ley de Armas, enfrentó en ese entonces “un veredicto de culpabilidad por mayoría 10 a 2 por los delitos de asesinato en primer grado y apuntar y disparar; mientras, otro veredicto de culpabilidad por el delito de portación y uso de un arma de fuego sin licencia tuvo una votación de 9 a 3″.
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“Como consecuencia de las medidas judiciales adoptadas por el Tribunal Supremo a raíz de la emergencia por COVID-19, el término para que el señor Serrano Mata apelara esa sentencia condenatoria se extendió hasta el 15 de julio de 2020. Mientras expiraba ese término, el 20 de abril de 2020, la Corte Suprema de Estados Unidos resolvió Ramos v. Louisiana, 140 S.Ct. 1390 (2020) y determinó que todo veredicto de culpabilidad en las cortes estatales debía ser por unanimidad”, expresó el jefe de Justicia.
“Subsiguientemente, el 8 de mayo de 2020, el Tribunal Supremo local aplicó esta normativa en Puerto Rico y reiteró lo ya reconocido por la Corte Suprema federal: la nueva norma de unanimidad adoptada en Ramos tiene efecto retroactivo sobre todos aquellos casos que al momento en que se emitió esa determinación federal no habían advenido finales y firmes. Siendo así, la normativa adoptada en Ramos aplicaba al señor Serrano Matta porque su caso aún no era final y firme al momento en que se emitió esa decisión”, puntualizó.
Por consiguente, Emanuelli Hernández indicó que tras el análisis del trámite procesal del caso, el Procurador General, Analizado el trámite procesal del caso, y cónsono con la visión en el nuevo Departamento de Justicia de actuar de manera justa y vertical, el Procurador General, Fernando Figueroa Santiago, determinó no proseguir con el mismo “por entender que este tenía razón en derecho, conforme con la nueva norma adoptada”.
“En ese sentido, no es correcto que el señor Serrano Matta fue procesado o sentenciado ‘de manera contraria al derecho puertorriqueño’”, expresó el secretario, haciendo referencia a las expresiones del decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana y líder de Proyecto Inocencia, Julio Fontanet, quien aludió a Primera Hora que Serrano Matta es un “reo condenado erróneamente”.
“Él fue condenado conforme con el derecho vigente en ese momento. Si es culpable o no de los hechos imputados como, en efecto, determinó un jurado previamente por mayoría, se determinará en el nuevo juicio que se celebre, para el cual la Fiscalía de Fajardo se está preparando”, aclaró.
Por su parte, Figueroa Santiago sostuvo que aunque se planteó ante el Tribunal de Apelaciones varias particularidades y circunstancias del caso que el Ministerio Público entendió como pertinentes, no decidieron proseguir con el mismo en el Supremo tras concluir que “en esencia, el señor Serrano Matta tenía razón en su planteamiento en cuanto al punto específico de que los veredictos debían ser por unanimidad”.
“Ciertamente, su excarcelación no es una adjudicación de que el señor Serrano Matta no cometió los hechos imputados; eso se adjudicará eventualmente en el nuevo juicio que el Ministerio Público está autorizado a celebrar”, manifestó.