Secretario de Justicia dice que hoy se borró el artículo 68
El Secretario también opinó que no debe haber tampoco ningún obstáculo en el proceso de adopción entre parejas del mismo sexo.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 9 años.
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El secretario de Justicia, César Miranda, dijo este viernes que la nueva jurisprudencia que estableció el Tribunal Supremo de Estados Unidos “borra” el artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico de 1930, que definió el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.
“Hoy se borra el artículo 68 de nuestro Código Civil que tantas lágrimas ha ocasionado a tantos hermanos y hermanas puertorriqueñas", afirmó Miranda al reaccionar a la decisión que emitió el máximo foro judicial estadounidense, que declaró inconstitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo.
Así, “en teoría”, una pareja gay podría casarse mañana en Puerto Rico, concedió.
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“Esta decisión representa un paso gigante en la búsqueda de la igualdad de derechos. No se puede negar el derecho a amar. Para mí es tan importante como la decisión en “Loving versus Virginia” que dio paso a los matrimonios interraciales”, comparó en conferencia de prensa en la sede del Departamento de Justicia, en Miramar.
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“Es increíble que por décadas muchos de nuestros hermanos y hermanas que llevan a cabo una vida como pareja no pudieran protegerse en el área de salud, no pudieran tener una propiedad en común, no pudieran adoptar un niño o niña”, agregó sobre las implicaciones de la decisión.
Acompañado de la procuradora general, Margarita Mercado Echegaray, el titular de Justicia consideró que “Puerto Rico debe extenderle una felicitación a la activista de la comunidad lésbica, gay, bisexual, transexual y transgénero (LGBTT) Ada Conde y a su esposa, Ivonne Álvarez, “por la valentía que han tenido en llevar a realidad este caso”. Añadió que la demanda de Conde y Álvarez le dio “un componente puertorriqueño” al pleito federal.
El secretario anunció que esta misma tarde la procuradora general someterá una moción ante el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito de Boston solicitándole a ese foro que valide la demanda presentada por Conde, con la que reclamó que el matrimonio que contrajo con Álvarez en el estado de Massachusetts se le reconociera en Puerto Rico.
Adelantó que también se solicitará la desestimación de otra demanda civil de un grupo de legisladores del Partido Nuevo Progresista (PNP), que está pendiente en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, en la que se le requería defender el artículo 68.
Desde el pasado 20 de marzo, el gobierno de Puerto Rico había dejado de defender el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer únicamente y asumió la política pública de que prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo constituye una discriminación por orientación sexual.
Miranda indicó que con la nueva jurisprudencia federal, el gobierno de Puerto Rico y todas sus agencias tendrán que realizar los ajustes necesarios para hacer valer todos los derechos igualitarios que reconoce la decisión del Supremo federal. Agregó que se requiere, además, de una enmienda al Código Civil, pero sostuvo que se trata de un asunto técnico.
Precisó, por otra parte, que la orden ejecutiva que firmó hoy el gobernador Alejandro García Padilla le concede 15 días al Registro Demográfico para que comience a registrar los matrimonios gay en la Isla. “El Departamento de Salud será el más afectado porque tiene emitir las licencias matrimoniales. Hay que trabajar con urgencia”, sostuvo.
“Posiblemente en el Registro Demográfico haya que enmendar algunos reglamentos internos, al igual que en el Departamento de Hacienda”, reconoció.
También destacó que los matrimonios del mismo sexo tendrán derecho a todas las protecciones y obligaciones que el matrimonio heterosexual, como rendir planillas en común, disfrutar las protecciones de planes médicos, los derechos de herencia, los derechos de la viudez.
“Les aplican todos los derechos”, insistió.
El secretario opinó que no debe haber tampoco ningún obstáculo en el proceso de adopción entre parejas homosexuales.
“Nuestra interpretación es bien amplia a favor del reconocimiento del derecho total de las parejas de un mismo sexo que contraen matrimonio. Si los matrimonios entre parejas heterosexuales tienen el derecho a la adopción, de cualificar para ello, el mismo derecho debe estar disponible para las personas de un mismo sexo que contraen matrimonio. Se ubica el matrimonio entre personas de un mismo sexo, en la misma naturaleza jurídica de matrimonios heterosexuales”, abundó el abogado.
Miranda estipuló, no obstante, que la búsqueda por la equidad en Puerto Rico no ha terminado.
“Puerto Rico carece de una verdadera estructura centralizada que vele por la protección de los derechos humanos correspondientes a los diversos sectores de nuestras comunidades”, señaló el funcionario. “El próximo paso en la agenda debe ser la toma de conciencia sobre la pobreza que padecen algunos sectores marginados de nuestra sociedad”, puntualizó.