Para octubre vista sobre estado de los procedimientos en caso contra suspendido alcalde de Mayagüez
El nuevo señalamiento será el 7 de octubre a las 11:30 a.m. en el Tribunal de Mayagüez.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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El juez Héctor L. López Sánchez del Tribunal de Mayagüez pautó para el 7 de octubre una vista sobre el estado de los procedimientos durante el proceso de vista preliminar contra el suspendido alcalde de Mayagüez, José Guillermo “Guillito” Rodríguez Rodríguez y la directora de Finanzas del ayuntamiento, Yahaira Valentín Andrade, acusados por malversación de fondos públicos y negligencia en el cumplimiento del deber.
Los funcionarios están involucrados en unas presuntas acciones irregulares que llevaron a la pérdida de $9.8 millones destinados para el Centro de Trauma de Mayagüez como resultado de una investigación sobre el desempeño de las funciones del alcalde en el municipio y en la corporación Mayagüez Economic Development (MEDI).
De acuerdo con la teoría presentada iniciada por el licenciado Harry Padilla, quien representa a Rodríguez, su cliente fue timado por parte de sus asesores financieros, quienes supuestamente le recomendaron la fallida inversión de los fondos asignados por la legislatura y que el dinero que se alega fue utilizado en inversiones cuestionables por varios acusados en el foro federal se recuperó.
Mientras que, en una vista previa, los fiscales especiales independientes a cargo de la acusación, los licenciados Miguel Colón Ortiz y Manuel Núñez Corrada, han afirmado que el municipio apenas recuperó unos $4 millones, de los cuales $1.2 millones fueron utilizados para pagar honorarios de abogados.
Según trascendió, la defensa de Valentín radicó había radicado una moción para la desestimación de cargos mientras que la defensa del alcalde alegó que la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente omitió prueba exculpatoria en el desfile de prueba.
Ambos se exponen a ocho años de prisión por el cargo de malversación de fondos públicos y tres años por negligencia en el cumplimiento del deber, de ser hallados culpables en la etapa de juicio.