"No ha lugar" a traslado del caso contra Pablo Casellas
El caso contra el hijo del juez federal Salvador Casellas está pautado para continuar el 29 de julio en la sala del juez Ramírez Lluch.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 11 años.
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El juez José Ramírez Lluch, del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, declaró en la mañana del sábado no ha lugar la petición hecha por la defensa de Pablo Casellas para trasladar el juicio a otro distrito judicial con el fin de lograr tener un proceso "justo e imparcial".
En su resolución de 12 páginas, el juez concluyó que “en este momento no existe impedimento para la celebración del juicio del caso de autos en esta Región Judicial. Como hemos discutido anteriormente, por nuestra situación territorial y el acceso a los medios que existe, el remedio de traslado de Distrito Judicial no es el apropiado en este caso, ya que un caso notorio como el que tenemos ante nos, generaría la misma publicidad en cualquier Distrito Judicial de Puerto Rico”.
Casellas está acusado por el asesinato de su esposa, Carmen Paredes Cintrón, ocurrido el 14 de julio de 2012 en la residencia que compartían en una exclusiva urbanización de Guaynabo, Tierralta III.
El caso contra el hijo del juez federal Salvador Casellas está pautado para continuar el 29 de julio en la sala del juez Ramírez Lluch. Al momento, está en proceso la selección del jurado.
Esta semana fue que los abogados de Casellas, encabezados por Harry Padilla, reclamaron trasladar el juicio del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón con una “Moción solicitando orden protectora para garantizar al acusado un juicio justo e imparcial”. Además, radicaron una petición de moratoria a fin de aplacar el efecto de la publicidad en la mente de los posibles jurados.
En el pedido, la defensa expuso que el caso contra Casellas ha recibido publicidad “parcializada, inflamatoria, derogatoria e intensa” y eso hace casi imposible encontrar 12 jurados justos e imparciales en el distrito judicial de Bayamón, compuesto por nueve pueblos con una población total de 658,426.
“La realidad es que la magnitud de la publicidad desplegada en estos casos y de la forma y manera en que ello ha ocurrido demuestra que esto constituye una conducta determinada de un sujeto, el Estado; que dicha conducta ha engendrado una situación contraria a la realidad – en este caso que el acusado se presume inocente- que dicha conducta es susceptible de influir en la conducta de los demás y aquí nos referimos a los posibles jurados; y que a base de esa conducta se afectan los derechos del acusado a un juicio justo e imparcial y a un jurado imparcial”, reza la moción.
No obstante, el juez reiteró que durante el proceso de selección del jurado venidero se podrán tomar las previsiones necesarias para que las personas que juzguen al acusado de asesinato puedan resguardarle el derecho de tener ese juicio justo e imparcial que se solicita. Entre las medidas que se advertirán está la posibilidad de un "secuestro", que representa que los juzgadores permanecerán bajo vigilancia y sin contacto con los medios de comunicación en lo que dure el proceso.
“La defensa, adelantándose a los acontecimientos durante la selección del jurado, los cuales resultan inciertos a este fecha, pretende derrotar la presunción de que los juzgadores en este caso actuarán de forma imparcial. Hoy, este tribunal no puede apoyar tal alegación. Es deber recordar, que en los casos ventilados ante los tribunales son precisamente éstos y sus funcionarios los llamados a cumplir y a proteger los deberes impuesto por la Ley, como lo son los derechos que cobijan a los acusados, los perjudicados y los testigos. Dentro de esas funciones que no pueden delegarse, son los funcionarios y el Tribunal los que tienen que desplegar sus destrezas para lograr cabalmente despejar cualquier posibilidad de parcialidad, haciendo uso de las herramientas provista por nuestro sistema de derecho”, puntualizó el juez Ramírez Lluch.
Sobre el pedido de moratoria, el juez también la declaró no ha lugar. Precisó que “resulta una prioridad para los tribunales de justicia que los casos se resuelvan con diligencia, siempre salvaguardando los derechos constitucionales de los acusados”.
Por otro lado, el juez tampoco le concedió a los abogados de Casellas las diez recusaciones perentorias adicionales que solicitaron para la selección del jurado.