Lisha regresa a la cárcel tras su madre renunciar a ser su custodio
Se tendrá que identificar a otra persona que pueda ejercer ese rol para que sea excarcelada.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 meses.
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La vendedora de jugos Lisha Adarquiris Ramón Mejías, de 22 años, fue encarcelada anoche luego de que su progenitora, Miguelina Mejías, quien era su tercer custodio, renunciara a esa responsabilidad y le notificara al Programa de Servicios con Antelación a Juicio (PSAJ) su decisión, confirmó la oficina de prensa del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR).
Ante esta situación Ramón Mejías acudió al Tribunal de Bayamón donde se entregó la noche del miércoles. Se tendrá que identificar a otra persona que pueda ser custodio para que sea excarcelada.
La imputada permanecerá ingresada en prisión hasta la vista del 18 de junio en el Tribunal de Caguas donde un juez determinará si se excarcela o revoca su libertad a prueba para cumplir la sentencia en prisión, explicó en un mensaje de texto el DCR.
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El 24 de mayo, la jueza Wanda Cruz Ayala, del Tribunal de San Juan, citó para el 24 de julio a una vista para dictar sentencia a Ramón Mejías, de 22 años, tras hacer una alegación preacordada de culpabilidad por los delitos de agresión grave y de violación a la Ley de Armas tras la reclasificación de los cargos.
También determinó que debía permanecer con supervisión electrónica bajo la vigilancia del PSAJ hasta tanto se dicte la sentencia condenatoria.
El acuerdo contó con el aval de la perjudicada a la cual se le extendió una orden de protección al amparo de la Ley 284-1999, conocida como, Ley Contra el Acecho en Puerto Rico, durante un año.
El Tribunal ordenó que se preparara un informe presentencia para determinar si cualifica para que su pena sea cumplida bajo el régimen de sentencia suspendida por un período de siete años, informó para esa fecha el Departamento de Justicia.
Ramón Mejías está acusada por agresión grave, pero se le eliminó la modalidad de lesión mutilante y, en el caso de la Ley de Armas del artículo 6.06 (Portación y Uso de Armas Blancas), se reclasificó al 6.08 (Posesión de Armas de Fuego sin Licencia).
La imputada aceptó los hechos mediante un acuerdo con el Ministerio Público representado por la fiscal Teresita Del Rosario Morales Arteaga.
Dios mío 😭DIOS MÍO QUE FUERTE ES ESTO 🙏LOS PADRES ESTÁN PARA CUIDAR Y PROTEGER SUS HIJOS NO PARA ESTO..MIGUELINA RENUNCIA A SER CUSTODIO DE SU PROPIA HIJA 💔😭 @topfans
Posted by Organic backup fans on Wednesday, June 12, 2024
Los hechos que se le imputaron ocurrieron en la madrugada del 8 de octubre del año pasado cerca de un negocio en la intersección de la calle Sagrado Corazón con la Avenida Eduardo Conde, en Villa Palmeras, Santurce, en el que se vio involucrada en una disputa con otra mujer.
Según la querella radicada contra Ramón Mejías, a eso de las 5:30 a.m., la mujer, mientras estaba de pasajera en una guagua Ford Escape, color blanco, manejada por una amiga, reconoció a la comerciante, que para la fecha estaba muy activa en redes sociales, y esta (Lisha) se le acerca al cristal manifestándole que lo bajara, que no le tenía miedo.
Presuntamente surgió un forcejeo y la querellante alegó que la agredieron en un brazo con un objeto cortante, que podría ser una botella de cristal rota, por lo que le tomaron puntos de sutura.