Legislan restricciones a la fianza
Tendrán que pagar la totalidad de la fianza y siempre llevar grillete electrónico cuando se imputen delitos bajo la ley de Armas, la Ley de Sustancias Controladas y hasta algunos casos de maltrato de ancianos.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 7 años.
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La Cámara de Representantes aprobó el domingo una medida, de la autoría del representante José Aponte Hernández, que busca colocar restricciones a la fianza para ciertos delitos.
“Debido al potencial peligro que las personas imputadas de ciertos delitos graves representan para la sociedad cuando son puestas en libertad bajo fianza, la Asamblea Legislativa ha entendido que se deben imponer ciertas restricciones para otorgar dicha libertad. Tales restricciones son: el que no se le podrá imponer al imputado una fianza con el beneficio del pago del 10 por ciento en efectivo, el imputado tendrá que estar sujeto a supervisión electrónica y la fianza no podrá ser diferida, entre otras”, comentó el expresidente de la Cámara en la Exposición de Motivos de la pieza legislativa.
Mediante comunicado de prensa se informó que el Proyecto de la Cámara 68 propone que todos los delitos graves tipificados en la Ley de Sustancias Controladas, así como en la Ley de Armas de Puerto Rico, se incluyan en todas sus modalidades, para que se le apliquen también las condiciones restrictivas a la fianza.
Además, se incluye delitos relacionados al maltrato de las personas de edad avanzada.
El comunicado explica que en el actual ordenamiento jurídico, cada imputado de delito tiene el derecho constitucional a quedar en libertad, previo el pago de una fianza, antes de que medie un fallo condenatorio. Dicha fianza no podrá ser excesiva (Art. II, Secc. II de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Pueblo v. Morales Vázquez, 129 D.P.R. 379).