Al pedir al Tribunal Supremo que revoque la sentencia del Tribunal de Apelaciones que ordenó la celebración de un nuevo juicio y anuló el veredicto condenatorio contra Christian Serrano Chang, el Departamento de Justicia alegó que la defensa del maestro de educación especial no objetó oportunamente los comentarios impropios que luego impugnó en su apelación.

También argumentó que el Tribunal de Apelaciones erró al concluir que las expresiones del fiscal Wilson González Antongiorgi -dirigidas a enfatizar la alegada conducta sexual del acusado- durante su argumentación final afectaron el desenlace del juicio y rechazó que el fiscal de Distrito, en su alocución al jurado, presentara una nueva teoría del caso.

Relacionadas

Un jurado, en una decisión de 9 a 3, encontró a Serrano Chang culpable de un cargo de asesinato en primer grado en la modalidad de maltrato por la muerte de Dylan Dylan Salgado, hijo de su entonces novia Rayma Salgado Torres.

Pero en una sentencia del 24 de febrero, el panel de jueces del Apelativo concluyó que el fiscal incurrió en conducta impropia al realizar manifestaciones "altamente inflamatorias" sobre la alegada conducta sexual de Serrano Chang -y que no estaban sustentadas en la prueba- durante las argumentaciones finales. Esa acción, junto a otros errores, privó al maestro de educación especial de un "juicio justo e imparcial".

El panel compuesto por los jueces Migdalia Fraticelli Torres, Laura Ortiz Flores y Misael Ramos Torres también determinó que el fiscal González Antongiorgi tergiversó el testimonio de la hermana de Dylan, una niña de 5 años, y que la jueza Iris Reyes Maldonado, del Tribunal de Arecibo, erró al no permitir que los abogados y los fiscales realizaran objeciones durante las argumentaciones finales.

El Ministerio Público, representado por la Oficina de la Procuradora General, impugnó estas conclusiones en un recurso de "certiorari", que presentó el pasado 8 de mayo.

"En este caso, elevamos ante la consideración de este tribunal un asunto novel en derecho probatorio en torno al deber de la defensa de objetar oportunamente la argumentación final", afirmaron la procuradora general, Margarita Mercado Echegaray, y el procurador general auxiliar Iván Rivera Labrador, en el escrito de 30 páginas.

"El TA (Tribunal de Apelaciones) incidió al concluir que el foro primario de facto le impidió (sic) que la defensa objetar oportunamente durante la argumentación final. Empero, como cuestión de hecho, fue la defensa la que no objetó o decidió no objetar los comentarios por los cuales el foro apelativo intermedio anuló la convicción de Serrano Chang", agregaron.

En su sentencia, el Tribunal de Apelaciones consignó que los abogados Javier Santiago Santos, Harry Olivero Llorens y Goodwin Aldarondo Jiménez objetaron los comentarios impropios del fiscal tan pronto terminó su primer turno.

Mercado Echegaray y Rivera Labrador también sostienen que no existe base fáctica o jurídica para concluir que los comentarios del Ministerio Público durante la argumentación final afectaran los "derechos sustanciales" del acusado.

"Resulta evidente que estos comentarios se presentaron de forma colateral a la teoría del caso y que, por tanto, no tuvieron un efecto adverso, ni sustancial sobre el veredicto de culpabilidad", apuntaron.

El Ministerio Público acusó a Serrano Chang de matar a Dylan a golpes luego que el hombre peleó con Salgado Torres por unas fotografías de índole sexual que la mujer encontró en su celular.

Pero en su argumentación final González Antongiorgi insinuó que Serrano Chang "toqueteaba" al niño y postuló que descargaba sus fantasías sexuales con el menor, pese a que durante el juicio no se presentó evidencia de abuso sexual y que nunca presentó cargos por delitos sexuales contra el maestro.

"Sostener el decreto de nuevo juicio conllevaría un fracaso de la justicia y atenta contra la institución misma del juicio por jurado", insistieron Mercado Echegaray y Rivera Labrador en su petición para que revise y revoque la sentencia del Apelativo.

El Tribunal Supremo recibió el "certiorari", confirmó Ileana Velázquez Lugo, Oficial de Información de la Oficina de Administración de los Tribunales. Pero el máximo foro judicial todavía no ha informado si entrará a entender en la controversia.