Justicia acude al Supremo de los Estados Unidos por la quiebra criolla
El litigio sobre esta legislación comenzó con una demanda incoada en junio de 2014 por bonistas de la AEE en el tribunal federal de distrito en San Juan.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 9 años.
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Con el reclamo de que este caso involucra la habilidad de Puerto Rico para responder a la crisis fiscal más aguda en toda su historia, el Departamento de Justicia acudió al Tribunal Supremo de Estados Unidos para que se declare constitucionalmente válida la ley de quiebras local.
El recurso radicado por Justicia es un certiorari en el que se cuestiona y refutan las decisiones que adoptaron tanto el Tribunal Federal en San Juan como el Tribunal del Primer Circuito de Apelaciones en Boston, declarando inconstitucional la Ley 71 de 2014, conocida también como la ley de quiebra criolla.
“Las tres principales corporaciones públicas del Estado Libre Asociado, que proveen agua, electricidad y carreteras a sus ciudadanos, tienen una deuda combinada de cerca de $20,000 millones, que no pueden pagar”, agrega el escrito en su introducción.
Argumenta además que nada en la Ley de Quiebras Federal tiene la intención de dejar a una jurisdicción como Puerto Rico, que está fuera de su Capítulo 9, en “tierra de nadie” donde sus corporaciones públicas no pueden reestructurar sus deudas ni bajo la ley federal ni bajo su propia ley.
“Por el contrario, está establecido desde los primeros días de la República que los estados y territorios tienen el poder de aprobar sus propias leyes de reestructuración”, agrega.
El recurso, presentado por la procuradora general, Margarita Mercado Echegaray, el pasado viernes en representación del ELA, afirma que en su decisión el Primer Circuito de Apelaciones sostiene que Puerto Rico tiene el peor de los dos mundos ya que no está protegido por el Capítulo 9, pero sigue sujeto a los obstáculos del Capítulo 9.
El argumento es para refutar la determinación del tribunal de que a Puerto Rico le aplica una sección del Capítulo 9, que limita la capacidad de las jurisdicciones, dentro del marco de ese capítulo, para legislar sus propias leyes de quiebras.
“No tiene sentido decir que una limitación dentro del Capítulo 9 aplica a una jurisdicción como Puerto Rico, que está fuera del alcance de ese Capítulo”, se indica como parte de una extensa argumentación en contra de la determinación del apelativo.
“Al sostener que la Ley Federal de Quiebras impide a las corporaciones públicas de Puerto Rico reestructurar sus deudas, no solo bajo la ley federal, sino que también bajo la ley del Estado Libre Asociado, el primer circuito decidió un importante asunto de la ley federal que no ha sido, pero que debe ser resuelto por este Tribunal”, se afirma.
Se sostiene además en el escrito que esa decisión deja a las corporaciones públicas de Puerto Rico y a los 3.5 millones de ciudadanos americanos que dependen de ellas a la merced de sus acreedores, por lo que la revisión de la misma por el Supremo es necesaria y debe ser pronta.
En el escrito se cita la opinión separada del juez Juan Torruella en este mismo caso en el tribunal de apelaciones en la que este sostiene que “este es un caso extraordinario, que involucra circunstancias extraordinarias en las que la vida económica de Puerto Rico y sus 3.5 millones de ciudadanos americanos está en la balanza”.
Se concluye la argumentación con la afirmación que “al final del día el Congreso de Estados Unidos trató a Puerto Rico sin la dignidad que merecen millones de ciudadanos americanos que allí viven al excluir arbitrariamente al Estado Libre Asociado del Capítulo 9, y las cortes inferiores en este caso fueron igualmente desdeñosas con el interés apremiante del ELA de proveer medios alternativos para la reestructuración de las deudas de sus corporaciones públicas”.
“Antes de que el ELA y su gente queden a la merced de los acreedores, ellos merecen una respuesta definitiva de este Tribunal sobre si su Ley de Quiebras está impedida por la ley federal”, concluye.
Al anunciar el recurso, el secretario de Justicia, Cesar Miranda se expresó confiado en que el tribunal acoja el reclamo de Puerto Rico.
“Entendemos que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos debe acoger nuestra petición para que se reconozca la facultad de Puerto Rico de legislar una reestructuración fiscal en las corporaciones públicas. Es hora ya de que se despejen las dudas infundadas que se han estado lanzando sobre nuestra capacidad para encaminar nuestros propios asuntos en materia de legislación fiscal. No hay impedimento constitucional alguno para la puesta en vigor de nuestra Ley 71”, sostuvo Miranda.
En apoyo a la gestión de Justicia, el presidente del Senado, Eduardo Bhatia, expresó por su parte, que “la falta de un régimen legal te lleva a unos limbos peligrosos”.
“Por un lado la ley federal (que regula las finanzas) no te permite decir unas cosas, pero por otro lado la transparencia total es necesaria para resolver el problema. Entonces quién dice cuándo, cómo y dónde. Yo creo que eso es parte de la frustración que tenemos todos colectivamente y yo creo que hay que corregirla pronto porque de lo contrario se crean las confusiones y se crean las situaciones que queremos evitar”, señaló Bhatia en referencia al proceso de negociación con acreedores que se avecina.
Por su parte el secretario de Asuntos Públicos de Fortaleza, Jesús Manuel Ortiz, indicó que la Oficina del Gobernador está a la espera de que se notifique si el Supremo acogerá el reclamo de Puerto Rico.
Señaló que esta gestión es parte del esfuerzo que por distintas vías realiza el Gobierno para atender la crisis fiscal y que, dijo, incluyen los contactos y gestiones con Casa Blanca y el Congreso, y el apoyo que está ofreciendo el Ejecutivo al proyecto del Comisionado Residente, Pedro Pierluisi, para que se incluya a Puerto Rico en el Capítulo 9 de la Ley de Quiebras federal.