Un jurado compuesto por cinco hombre y tres mujeres, en su mayoría jóvenes, deberá deliberar durante este viernes si el municipio de Guaynabo permitió que una exabogada de la División Legal fuese hostigada sexualmente por el hijo del exalcalde Héctor O’Neill García y si se tomaron represalias en su contra cuando denunció el acoso que sufría al no confirmarla a un puesto permanente. 

Pero, principalmente, los miembros del jurado determinarían si el ayuntamiento debe compensar monetariamente a la perjudicada, Inés María Jelú Iravedra. La decisión la tomarán como parte de un juicio civil que se desarrolla en el Tribunal federal de Distrito, en Hato Rey, ante el juez Raúl Arias Marxuach. 

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Por los alegados daños sufridos, Jelú Iravedra solicita una compensación de $300,000 por leyes federales, los cuales pudiesen ser duplicados para alcanzar $600,000. Además, exige $3 millones por leyes estatales. 

Esta mañana, el juez federal comenzó con una reunión a puerta cerrada entre los abogados de la víctima, José Quetglas y Pedro Vázquez, así como los abogados del municipio, Claudio Aliff Ortiz y David Rodríguez Burns, para finiquitar las instrucciones que se le dará al jurado para que se retire a deliberar. Se espera que después se realice una hora de argumentaciones finales, se le provean las instrucciones al jurado y se envíen a tomar la decisión.

Según las regulaciones federales, los ocho jurados deberán tomar una determinación por unanimidad en cuando a si los hechos ocurrieron y cómo debe ser recompensada. 

Se desprende del récord electrónico del tribunal que la parte demandante, Jelú Iravedra, pide que los miembros del jurado contesten las siguientes preguntas para llegar a una determinación. Estas son: “¿Encuentras que el municipio de Guaynabo, a través de O'Neill Rosa, acosaba sexualmente a la demandante? ¿Encuentras que municipio de Guaynabo tomó represalias contra la demandante por sus denuncias de acoso sexual contra O'Neill Rosa?”

Tras contestar las preguntas, se les indica que establezcan el monto que le concederían a la demandante si cree que alguno de los hechos cuestionados ocurrió.

Mientras, los abogados del municipio han solicitado preguntarle al jurado si está a favor de la demandante o el municipio en las siguientes premisas: “En el reclamo del demandante de acoso sexual, nos encontramos a favor de… En el reclamo del demandante de represalias, nos encontramos a favor de…”. 

Luego, establecen que, si están a favor del municipio en ambas contestaciones, no deberán pasar a analizar una posible compensación monetaria para Jelú Iravedra. 

Las preguntas que tendrá al jurado ante sí se determinarían en la reunión que los abogados sostienen con el juez. 

Este caso, que inicio con dos demandas radicada en abril de 2016 por la víctima contra el municipio y O’Neill Rosa, ganó gran atención pública porque fue el que destapó otros presuntos incidentes de hostigamiento achacados al exalcalde y que como secuela provocaron una investigación criminal en su contra, su renuncia al ayuntamiento y la posterior acusación. 

Actualmente, O’Neill García espera porque se le realicen dos juicios en el Tribunal de Primera Instancia de Bayamón por varios delitos, entre los que se encuentra violación a la Ley de Ética, violencia de género y agresión sexual.

Mientras, el hijo de O’Neill no enfrenta ningún caso criminal por lo achacado por Jelú Iravedra. Tampoco tendrá que compensarla económicamente, pues el pasado 14 de octubre la mujer retiró voluntariamente la demanda en su contra sin requerir dinero.

Luego de este acuerdo, el actual alcalde de Guaynabo, Ángel Pérez, intentó llegar a una transacción monetaria con la víctima, pero la Legislatura Municipal no le dio paso a una resolución que le hubiese concedido a la abogada $600,000 por los daños sufridos. Ante este marco, es que comenzó el juicio civil contra el municipio.

En los pasados ocho días de juicio, se han presentados los testimonios de la víctima, el supuesto victimario, así como funcionarios que laboran o trabajaron para el municipio de Guaynabo durante los años 2012 al 2016. 

Jelú Iravedra, la primera en deponer en el caso, afirmó que los acercamientos sexuales de O’Neill Rosa comenzaron cuando este dirigía la Oficina de Asuntos de la Juventud y ella trabajó allí por una quincena como abogada. Alegó que el supuesto acecho continúo cuando pasó a trabajar a la División Legal del municipio. Precisó que los acercamientos ocurrían de dos a cinco veces al mes, entre julio de 2012 a julio 2015. 

Alegó que O’Neill Rosa la amenazaba con que perdería su empleo si rechazaba sus exigencias. 

“Me decía que se cansaba de mi actitud, que en el municipio había otras mujeres que lo complacían y que yo iba a perder mi empleo”, dijo en una ocasión. 

Estos acercamientos sexuales que le atribuye a O’Neill Rosa, según aludió, no fueron visto por otra persona, debido a que las oficinas en las que estuvo ubicada eran lejanas.  

“Él quería supuestamente saludar y se me abalanzaba encima, me apretaba fuerte, me pegaba los labios mojados a la mejilla, queriendo buscar la boca para besarme y apretándome se restregaba contra mí cuerpo, como si fuera un perro, presionando sus partes íntimas contra mi cuerpo. Yo procedía a empujarlo con toda mi fuerza”, describió la mujer. 

Otra descripción que hizo Jelú Iravedra sobre el acoso incluyó que el hijo del exalcalde le llegó a poner el pene en la cara. 

“Yo estaba escribiendo en mi computadora, entra silenciosamente. Cuando me doy cuenta, ya estaba detrás de mí y tenía su miembro por fuera y me dice que le haga sexo oral. Yo estaba sentada y me puso su miembro en la cara. Yo lo empujo con mucho asco y saldo de la oficina y me voy al baño”, precisó. 

Sin embargo, O’Neill Rosa alegó durante el juicio que ellos mantenían una “amistad con privilegio”. 

“Era una relación de amistad con privilegio en algunas ocasiones que nos veíamos”, afirmó, al indicar que los encuentros sexuales ocurrían en la casa de la demandante, ubicada en una urbanización de Guaynabo.

O’Neill Rosa rechazó que haya tenido algún encuentro con Jelú Iravedra dentro del municipio. De paso, reconoció que no sabía nada sobre los intereses y gustos de la mujer que lo acusa, pues no tenían una relación normal de pareja. 

Otros testimonios destacados en el juicio fueron los de las personas a las que supuestamente Jelú Iravedra les informó que era hostigada por O’Neill Rosa, pues todo negaron tal aseveración. Se trató de los entonces directores de Recursos Humanos, Eduardo Farria, así como de la División Legal, Héctor Hoyos, Denisse Rodríguez Flores y Ana Quintero. 

También trascendió que Rodríguez Flores y Quintero tenían quejas sobre la productividad de la abogada como empleada del municipio. La primera aludió a que no se le podía enviar a hacer trabajo “sofisticado o complejo”, mientras la segunda calificó su desempeño como “deficiente”. 

En medio de estas quejas laborales que se alega recibió de Quintero fue que Jelú Iravedra radicó la primera queja formal de que era hostigada sexualmente ante el municipio. Eso ocurrió el 13 de julio de 2015. 

En cuanto a la alegada penalización que reclama Jelú Iravedra, la misma se alega ocurrió entre diciembre de 2015 a febrero de 2016. Es que Quintero no la recomendó para que se le designara como empleada permanente del municipio, porque a su juicio no había rendido la labor esperada durante el año que estuvo en probatoria. 

En medio de estos reclamos, la demandante en este caso se acogió a una licencia por enfermedad, debido a que padecía de ansiedad y depresión. El diagnóstico oficial, según testificó el siquiatra Fernando Cabrera, era “de desorden de depresión mayor”.  

La exvicealcaldesa del municipio, Aureliz Lozada Centeno, explicó que, ante la situación que se encontraba el municipio, se determinó extenderle el periodo probatorio por seis meses adicionales y que Jelú Iravedra pasara a ser supervisada directamente por ella. No obstante, la demandante exigió en varias cartas que le dieran la permanencia. La cual no le fue concedida.

“Ella enfatizaba que el 15 de diciembre (de 2015) era la fecha que ella tenía que ser nombrada abogada 3 y bajo nuestro análisis la posición permanente no se adquiere solo por el paso del tiempo. Requiere que se hagan unos análisis mensuales frecuentes para establecer el desempeño de la candidata”, expuso Lozada Centeno en su testimonio.

Finalmente, Jelú Iravedra presentó una carta de renuncia al municipio a finales de marzo de 2016, la que fue aceptada hasta diciembre de 2016.