Jueza no desestima cargos contra Alcalde de Vega Baja
Durieux Rodríguez resolvió así tres solicitudes de desestimación.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 14 años.
PUBLICIDAD
La jueza superior Vivian Durieux Rodríguez, del Centro Judicial de Bayamón, concluyó que no procedía desestimar los cargos contra el alcalde de Vega Baja, Edgar Santana, ni contra su ex asesor Irving Piñeiro, aunque resolvió rebajar a un tercer grado los delitos imputados a este último.
Durieux Rodríguez resolvió así tres solicitudes de desestimación radicadas por separado por los abogados Harry Padilla, Roberto Alonso y Javier Fuentes Cosme, amparados en la Regla 64(p) de Procedimiento Criminal.
Padilla, abogado del Alcalde; y Alonso, abogado de Piñeiro, sostenían que la determinación de causa para juicio no se hizo conforme a derecho porque hubo ausencia total de prueba.
El fiscal especial independiente César López Cintrón presentó una moción en oposición a la desestimación de los 18 cargos de soborno contra Santana.
Mientras, el Departamento de Justicia también se opuso a la solicitud de desestimación presentada por Alonso, pero no a la propuesta por Fuentes Cosme, quien sostuvo que a Piñeiro no se le podía imputar el delito de soborno en segundo grado por no ser un funcionario público sino un contratista.
El abogado de Santana alegó, además, que el testimonio de Francisco Virella Nieves no era creíble y debió ser descartado por el juez Edwin Ruiz González, quien atendió la vista preliminar. También Padilla argumentó que el testimonio de Andrés Ramos estuvo basado en prueba de referencia.
Alonso planteó argumentos similares para pedir la desetimación de los cinco cargos de soborno que existen contra Piñeiro, pero además alegó que el testimonio de Ramos fue impugnado con una declaración previa en la que presuntamente sostenía que no tenía conocimiento personal de los eventos relacionados con la conspiración imputada a su cliente.
“Concluimos que el testimonio del testigo José Francisco Virella Nieves no es uno increíble, ni improbable que nos mueva a descartar el mismo”, sostiene la jueza en su Resolución. “Por el contrario, ofrece testimonio sobre hechos de propio conocimiento que van dirigidos a establecer los elementos del delito y la conexión con los acusados”, agregó.
Asimismo, Durieux Rodríguez tampoco descartó el testimonio vertido por Ramos por entender que el Ministerio Público tiene la prerrogativa de no presentar toda la prueba en la vista preliminar.
“El testigo también declaró sobre hechos que le constan de propio y personal conocimiento, que de por sí solos, pudieron dar base a la determinación de causa probabale”, señala la Resolución.
Asimismo, aunque la jueza no desestimó los cargos contra Piñeiro sí acogió el planteamiento de Fuentes Cosme de que Piñeiro no era un funcinario público. No obstante, Durieux Rodríguez declaró no ha lugar la desestimación de los cargos porque entendió que si bien no era un funcionario público sí tenía deberes de un empleado público.
La jueza ordenó al Ministerio Público enmendar en los próximos cinco días los pliegos acusatorios contra Piñeiro para que el soborno sea tipificado en su modalidad de tercer grado.
Los delitos de segundo grado tienen unas penalidades que van desde los ocho a 15 años de cárcel, mientras que los de tercer grado tienen penas de tres a ocho años de prisión.