De la poca evidencia documental que entregó la defensa de Manuel Natal, candidato a alcalde de San Juan por el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), para sostener la demanda en la que reclama una nueva elección del voto adelantado y ausente de la capital, el juez superior Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia, eliminó como prueba un documento redactado por una de las testigos que no fue firmado por ningún otro testigo.

El documento se trataba de un resumen de incidencias y recomendaciones redactado por Udecha Domínguez Vázquez, gerente del MVC de la Junta Administrativa de Voto Ausente y Voto (JAVA), a finales de enero. No tenía firmas de otras gerentes, pero contenía copia de documentos que daban la impresión que fueron preparados por la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), según estipuló el juez.

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En un inicio, Cuevas Ramos autorizó el uso del documento a la abogada de Natal, Tamara Sosa Pascual.

La testigo detalló que tal documento “contiene lo que ya habían preparado los funcionarios de reconciliar los votantes junto a las actas que se le habían entregado a ellos”.

Además, incluía tres posibles escenarios o recomendaciones para cuadrar las actas.

La gerente del MVC alegó que “el documento se preparó. No era el final. Queríamos presentarle a los comisionados electorales”.

Los abogados de Miguel Romero, Eliezer Aldarondo, así como de la CEE, Félix Passalacqua, lograron con éxito objetar el que se utilizara el documento como prueba.

El juez estipuló que “me parece que he cometido un error. Me parece que es correcto el planteamiento de la parte peticionada. En este caso, si bien es cierto si ese documento fue preparado por la testigo, Udecha Domínguez Vázquez, y que se trata de un documento autenticado por ella, trata de un resumen o del recorrido de una serie de actas o información de diferentes lugares que se copilan en ese documento. Todo el documento es prueba de referencia”, expuso.

Dijo que se trajo la evidencia “dando la impresión de ser un documento oficial”. Por ello, Cuevas Ramos determinó que la prueba era inadmisible y que “todo lo que contiene el documento será eliminado de los autos”.

La defensa de Natal, encabezada por los abogados Manuel Rodríguez Banchs y Tamara Sosa Pascual, aceptó la determinación.

Esta no es la primera vez que se le excluye evidencia al candidato a alcalde del MVC. Tanto Cuevas Ramos, como el Tribunal de Apelaciones, no le permitió usar unas 17 actas de incidencias que supuestamente daban cuenta de unos 5,300 votos de los que no se podía determinar la procedencia. Esta prueba se excluyó, debido a que no se entregó en el término concedido por el juez.

En su demanda civil, Natal alude a que se cometieron irregularidades en el evento electoral y que a causa de las mismas, Miguel Romero fue certificado como alcalde de San Juan.

Las irregularidades denunciadas por el candidato del MVC supuestamente ocurrieron en el proceso del conteo del voto ausente, por correo, adelantado y a domicilio. Alude a que hay unas 6,593 papeletas municipales que son ilegales y cuyos electores, cadena de custodia y procedencia son imposibles de determinar. Por ello, solicitó una nueva elección en la Unidad 77, donde se acumularon todos estos sufragios impugnados.