Juez deja claro complejidad del caso para destituir a Elizabeth Torres como delegada congresional
Anthony Cuevas argumentó cuáles eran las “métricas” que debía considerar para saber si la funcionaria incumplió con su deber.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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El juez del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, Anthony Cuevas, se reservó hoy la determinación sobre si procede o no la desestimación de la petición del Departamento de Justicia para destituir a Elizabeth Torres como cabildera por la estadidad.
Torres, representada por el abogado Michael Corona, presentó una moción solicitando la desestimación del caso alegando, entre otras cosas, que el tribunal no debía entrar en la controversia porque se trata de una “cuestión política”.
El juez concedió cinco días a Torres y al Departamento de Justicia para presentar sus argumentos por escrito y, luego, determinaría si procede o no la desestimación solicitada. De entender que el tribunal puede intervenir, anticipó el juez, celebraría una vista evidenciaria presencial para evaluar los argumentos y la evidencia de cada parte.
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“El asunto queda sometido con estas argumentaciones. Vamos a resolver si procede la abstención judicial y desestimar por la doctrina de cuestión política”, manifestó el juez durante una vista virtual celebrada ayer.
El Departamento de Justicia pidió la destitución de Torres como delegada por la estadidad por presuntamente incumplir con sus funciones, tras una evaluación de una querella presentada por un grupo de jóvenes afiliados al Partido Demócrata en Estados Unidos (Young Democrats) en septiembre del 2021.
Cuevas reconoció que la Ley 167 de 2020 -que dio paso a la elección de seis cabilderos por la estadidad en mayo de 2021- no establece parámetros claros de cómo se incumpliría con la encomienda para adelantar la estadidad para la isla.
“Estamos ante una circunstancia novel. No creo que esto se trate de un asunto que anteriormente se haya atendido en los tribunales y sabemos el trabajo que tenemos que hacer”, dijo el juez.
Cuevas indicó que el Artículo 12 de la Ley 167 de 2020 faculta a Justicia a pedir la destitución de un delegado. El Artículo 12 establece que “el incumplimiento de alguno de sus deberes dará paso a un proceso, que podrá ser incoado por el secretario de Justicia ante el Tribunal de Primera Instancia para destituir al delegado si se demuestra su incumplimiento”.
Pero Cuevas cuestionó cuáles eran las “métricas” que debía considerar para adjudicar ante dos partes, una indicando que Torres incumplió con su deber y otra alegando lo opuesto.
“Por un lado, se alega que se cumplió. Por otro lado, (se alega) que no se cumplió o como no se debía. A estas alturas, yo no tengo -como parte de la evidencia que se presenta- qué es lo que se cumplió o se presentó para el tribunal analizar si eso cumple o no cumple con lo que indica la ley en ese Artículo 12″, sostuvo Cuevas.
Recalcó que la ley que dio paso a la elección de Torres no establece parámetros claros de cómo ella incumpliría con la encomienda para adelantar la estadidad para la isla, a la vez que reconoció que su decisión puede dar paso a crear “política pública más allá que lo que la ley indica”.
“Necesito escuchar las argumentaciones”, exclamó Cuevas.
El Departamento de Justicia, representado por Lorna María Rivera Franco, Sanery del Mar Santos Sánchez y Susanne B. Lugo Hernández, expuso que, de acuerdo con la Ley 167-2020, Torres debió cumplir con dos parámetros: “trabajar activamente y a tiempo completo” por allegar la estadidad para la isla y presentar informes, cada 90 días, al gobernador de sus gestiones en esa dirección.
“Ciertamente no cumple un funcionario que solo haga una gestión porque son las dos”, dijo Lugo Hernández.
“Por ende, no cualquier gestión que aparezca en un escrito que se titule ‘informe’ va a llenar los requisitos del cumplimiento del delegado congresional”, abundó la abogada que, de paso, apuntó que Torres no ha entregado un tercer informe de sus gestiones.
“Si ella entiende que echarle agua a las matas del Congreso podría mover a que el Congreso acepte a Puerto Rico como estado, pues que vaya al Congreso y eche agua y lo ponga en el informe”, dijo.
Justicia presentó a la directora de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico (Prfaa), Carmen Feliciano, como potencial testigo. Prfaa paga el salario de $90,000 anuales y los hasta $30,000 en reembolsos que pueden recibir cada uno de los seis delegados por la estadidad.
Los argumentos del Ministerio Público dieron paso a que Cuevas cuestionara “qué es trabajar activamente”.
“Tengo una idea de lo que deben hacer (los delegados por la estadidad), pero hay tanta creatividad e imaginación en esto que permiten cualquier cosa. ¿No hace falta un lineamiento específico para determinar qué es trabajar activamente?”, cuestionó Cuevas.
Corona, por su parte, dijo al juez “que aparentemente al secretario de Justicia no le gustan las gestiones políticas que hace mi representada, Elizabeth Torres, para buscar la estadidad”.
Argumentó que Justicia pretende que el juez elabore un reglamento ante la vaguedad de Ley 167-2020, una tarea que no le compete a los tribunales.
“Y que usted entonces, a base de unos parámetros que no existen en la ley, decida si los informes que se han proporcionado cumplen con exigirle al Congreso la estadidad. Esa es una labor que no le toca a la Rama Judicial”, dijo Corona.
“La ley es amplia, es vaga. La ley no define parámetros ningunos. Con esta ley no se puede destituir a nadie. No se puede destituir ni a un empleado regular del gobierno y mucho menos un funcionario electo con el voto directo del pueblo”, sentenció el abogado.