Jensen Medina se queda con sus abogados
Jueza declara no ha logar la solicitud de descalificación de sus abogados.

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 años.
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La jueza Sylmarí de la Torre Soto del tribunal de Primera Instancia de Fajardo declaró no ha lugar la descalificación de la defensa de Jensen Medina Cardona, acusado de asesinar a Arellys Mercado Ríos.
"La descalificación solo debe proceder cuando sea estrictamente necesario, por considerarse un remedio drástico que debe ser evitado si existen medidas menos onerosas que aseguren la integridad del proceso judicial y trato de las partes. Razonamos que ordenar la descalificación no propende la adecuada tramitación del caso ni es necesario para la solución justa, rápida y económica o para velar por la sana administración de la justicia", reza la resolución de 25 páginas.
En la misma también se expone que ante la solicitud del Ministerio Público "ELEVAMOS los autos de este caso al Tribunal Supremo para que considere si la conducta del Lcdo. Orlando Cameron Gordon, el Lcdo. Jorge Gordon Menéndez y el Lcdo. Jorge Gprdon Pujol representan violaciones al Canon 17 (Litigios Injustificados), Canon 35 (Sinceridad y Honradez) y al Canon 38 (Preservación del honor y dignidad de la Profesión) de los Cánones de Ética Profesional.
El Ministerio Público había solicitado su descalificación ante alegaciones de que incurrieron en faltas éticas al entrar en contradicciones respecto a cuál y cómo fue su participación durante la ocupación de armas del procesado que hizo la policía.
La decisión de la jueza se llevó a cabo luego de haber escuchado ayer durante tres horas las intensas argumentaciones de la Fiscalía y de los abogados de Jensen -representados por Jorge Gordon Menéndez, Orlando Cameron Gordon y Jorge Gordon Pujol- quienes sostienen que fueron “engatusados” por el agente investigador del caso Luis Alejandro Velázquez el día que se llevaron a cabo unos allanamientos en la residencia del acusado, ubicada en el complejo Millenium (Caguas) y otro en la casa de su madre en el barrio Río Cañas (Caguas).
En esta ocasión el equipo legal de Jensen llegó a modo de escuadrón, y es que los veteranos abogados criminalistas Pablo Colón Santiago y Ramón Nevares Andino fueron contratados para representar a los licenciados Gordon Pujol y Cameron Gordon, respectivamente. Gordon Menéndez decidió representarse a sí mismo por derecho propio.
De entrada, la jueza dejó establecido que no pasaría juicio sobre cualquier alegación presentada sobre las supresiones de identificación y de evidencia por ocupación de armas que aun están por resolverse en el tribunal.
“Mi propósito es dilucidar la posibilidad de que el licenciado Cameron sea potencial testigo del Ministerio Público y si aplica en este caso el canon 22 (de los Cánones de Ética de la abogacía) para que se dé la renuncia o descalificación de abogados de defensa”, dijo ayer la jueza De La Torre Soto al hacer hincapié en que sólo el tribunal Supremo tiene autoridad para imponer sanciones de surgir violaciones de ética por parte de un abogado.
En la moción en la que solicitan la descalificación de los tres abogados, el Ministerio Público aludió a que el equipo legal de Jensen pudo haber violado los cánones 17 (Litigios Injustificados), el 22 (Abogado como testigo), el 35 (Sinceridad y Honradez) y el 38 (Preservación del Honor y dignidad de la profesión).
De hecho, en la moción colocaron un extracto de lo que expone el canon 22 de los Cánones de Ética que rigen a la profesión de abogados. La misma reza: “Excepto cuando sea esencial para los fines de la justicia, el abogado debe evitar testificar en beneficio o en apoyo a su cliente. Cuando un abogado es testigo de su cliente, excepto en materias meramente formales, tales como la comprobación o custodia de un documento y otros extremos semejantes, debe dejar la dirección del caso a otro abogado. Igualmente, un abogado debe renunciar la representación de su cliente cuando se entera de que el propio abogado, un socio suyo o un abogado de su firma puede ser llamado a declarar en contra de su cliente”.