Al Apelativo el PNP para que Ricardo Rosselló sea cabildero por la estadidad
Los abogados alegaron que la decisión de descalificarlo “invalidó el voto de 53,823 personas”.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 3 años.
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El Partido Nuevo Progresista (PNP) acudió el viernes al Tribunal de Apelaciones en busca de revocar la descalificación de Ricardo Rosselló Nevares como cabildero de la estadidad y para que ordenen a la Comisión Estatal de Elecciones a certificarlo como delegado congresional a la Cámara de Representante de Estados Unidos.
Un panel del Apelativo le dio a las partes hasta el próximo martes, 6 de julio, para presentar sus alegatos, informó El Nuevo Día.
Los abogados de la colectividad novoprogresista Francisco González Magaz y Ramón Rosario Cortés —en la apelación no aparece como abogada de Rosselló Nevares, Roxanna Soto Aguilú— alegaron que la jueza Rebecca de León Ríos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, “invalidó el voto de 53,823 personas” que escribieron el nombre del único gobernador electo que ha renunciado en Puerto Rico para que se convirtiera en delegado congresional para impulsar la estadidad.
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“Dicha cantidad de votos representó el voto de más de la mitad de todos los electores que acudieron a las urnas el pasado 16 de mayo de 2021″, se desprende de la apelación.
Y es que la participación de la ciudadanía en la elección especial de los cabilderos por la estadidad —que costó sobre un millón de dólares— fue de un 3.92%. Según los datos oficiales, solo hubo 92,448 papeletas de un total de 2,358,923 personas que están inscritas para votar en el País.
Para los licenciados, la jueza, “desde el estrado, cercenó la democracia expresada democráticamente por el Pueblo al eliminar al delegado escogido directamente por el soberano”.
González Magaz y Rosario Cortés entienden que la De León Ríos cometió cinco errores en su decisión: “Erró el Tribunal de Primera Instancia al conceder un remedio provisional vedado por el Código Electoral. Erró el Tribunal de Primera Instancia al asumir jurisdicción en un asunto para el cual carece de autoridad. Erró el Tribunal de Primera Instancia al legislar por fiat judicial requisitos para funcionarios electos por nominación directa que el legislador no estableció”.
“Aun si le aplicara a un funcionario electo por nominación directa el requisito de residencia de la Ley 167-2020, erró el Tribunal de Primera Instancia al determinar que Ricardo Rosselló Nevares no cumple con el requisito de residencia. Aun si le aplicara a un funcionario electo por nominación directa el requisito de ser elector hábil y activo en Puerto Rico, erró el Tribunal de Primera Instancia al concluir que Ricardo Rosselló Nevares no cumple con dicho requisito”, agrega el recurso de 19 páginas.
De León Ríos ordenó el pasado miércoles, 30 de junio, la descalificación de Rosselló Nevares por no cumplir con los requisitos de ley para ocupar el cargo.
Según la sentencia, “no cumplía con los requisitos de residencia ni de domicilio electoral” al momento en que fue electo por nominación directa en el proceso que se llevó a cabo el pasado 16 de mayo, “por lo que su elección estuvo viciada de nulidad, fue inoficiosa y no surte efectos jurídicos”.
Asimismo, la juez manifestó que no creyó en el alegato presentado por Rosselló Nevares en el que expresó desconocer sobre la doble registración electoral: en Virginia y en Puerto Rico.
“Luego de haber escuchado al querellado y observado sus gestos y conducta no verbalizada, no damos crédito a su alegado desconocimiento sobre la doble registración electoral. Añádase que el querellado admitió que completó la solicitud de licencia y el formulario provee una opción para registrarse como elector en Virginia, lo que requirió de un acto afirmativo de este para quedar registrado. Como vemos las actuaciones del querellado contradicen su testimonio evasivo, vacilante y mendaz”, se desprende de la sentencia.
Debido a esta sentencia, Rosselló Nevares no pudo juramentar al cargo electo este jueves, 1 de julio, en una ceremonia se llevó a cabo en La Fortaleza y que no estuvo abierta al público.
El juez asociado del Tribunal Supremo Erick Kortoff juramentó a Elizabeth Torres, María “Mayita” Meléndez, Roberto Lefranc Fortuño y Melinda Romero Donelly.
Mientras, Zoraida Buxó no asistió porque se encuentra fuera del País y sería juramentada en una fecha posterior.