Al realizar dos transferencias que totalizaron $100 millones de las cuentas bancaria de la corporación Los Cangris, Inc. y El Cartel Récords, Inc, Mireddys González Castellano destapó interioridades de lo que representará uno de los divorcios más controvertibles de los próximos tiempos con el reguetonero boricua Daddy Yankee.

Es que el proceso legal que se ha iniciado entre la pareja, que incluye dos demandas de ‘injuction’ (mandato judicial), dan cuenta no sólo de que la futura exesposa de Ramón Luis Ayala Rodríguez -nombre de pila del artista- supuestamente “saqueó” junto a su hermana, Ayeicha González Castellano, las corporaciones, sino de que vendieron el catálogo musical del reguetonero en una transacción que “resultó ser irrazonable, desproporcional y muy por debajo del valor real”.

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Para defenderse de los presuntos actos de las hermanas González Castellano, Daddy Yankee contrató a dos reconocidos abogados y analistas políticos de Puerto Rico: Carlos Díaz Olivo, quien es experto en derecho corporativo, y Anabelle Torres Colberg.

Los abogados radicaron ayer, viernes, dos demandas contra las hermanas en la que, en esencia, piden que estas no tengan el control de la corporación a nombre del artista, ya que sus acciones pueden dañar su buen nombre.

En una de las demandas, se da cuenta de que Mireddys supuestamente cambió ayer a su cuenta personal $80 millones de la corporación El Cartel Récords y en otra se incluyó otra transacción de $20 millones de la corporación Los Cangris, que también se alega que se realizó ayer.

El documento legal alude a que “la transacción bancaria realizada bajo el control de la demandada Mireddys, (supuestamente se realizó) disfrazada como un alegado pago de dividendos, a nombre de ella y el demandante”.

Las demandas suplican al Tribunal de Primera Instancia de San Juan esencialmente lo mismo, “que declare con lugar la presente esta demanda de naturaleza interdictal y ordene a las demandadas González Castellanos que entreguen al demandante el control del Cartel Records Inc. ( y de Los Cangri, Inc.) para que este pueda libremente usar su nombre en conjunto con imagen y creaciones inherentes al desarrollo de su carrera, así como también la entrega a la parte demandante, de todo registro, documentos de cualquier naturaleza de las corporaciones que estén bajo su poder o control, así como que cesa y desista de continuar desempeñando funciones o cargos administrativos y gerenciales de todo tipo en las corporaciones en las que el demandante tenga interés o participación. Así también que ordene el pago de costas y honorarios a favor de la parte demandante y cualquier otro remedio en ley que también asista a la parte demandante”.

Lo que ocasionan estas demandas es que detalles del divorcio, principalmente la parte financiera, salgan a la luz pública. Por regla general, los divorcios son privados.

En este caso, ambas demandas mencionan que “el 2 de diciembre de 2024, el demandante (Daddy Yankee) presentó demanda de divorcio contra la señora González Castellanos por ruptura irreparable”.

Se explica, además, que “Ayala Rodríguez adoptó como nombre artístico, “Daddy Yankee” antes relacionarse con Mireddys. Sin embargo, luego de casarse en el 1995, cedió su nombre artístico a la corporación.

Estas corporaciones se crearon, dicen las demandas, por “la magnitud del éxito y fama alcanzada por Daddy Yankee”.

Entonces, el artista designó a su esposa como líder de las corporaciones y esta, a su vez, contrató a su hermana como secretaria y tesorera.

En torno a la corporación El Cartel Récords, se precisó que “esta entidad se convirtió así en la herramienta corporativa, que su propósito comercial giraba en torno al desarrollo de la gestión artística y profesional de Ayala Rodríguez”.

Se mencionó que, “con el propósito de concentrarse en el desarrollo de su gestión artística y así sostener el flujo constante de ingresos producto de sus intervenciones y creaciones, el demandante depositó su confianza a su esposa, Mireddys González Castellanos, para que manejara los asuntos internos de la entidad El Cartel Récords Inc. La Sra. Mireddys como oficial de la empresa, ha sido debidamente compensada por el trabajo realizado”.

Pero, se acepta que en la división de bienes gananciales en el divorcio que se avecina, Mireddys sería “valorizada” en la división de los ingresos que el artista tuvo durante el matrimonio.

Sin embargo, la demanda da cuenta de acciones que presuntamente cometieron las demandadas que hacen necesario que Daddy Yankee tenga el control de sus empresas en este proceso de divorcio.

Aunque no dice fecha, el señalamiento más destacado fue la venta de las canciones del artista.

Tras 29 años de relación, el reguetonero confirmó su divorcio el lunes, 2 de diciembre de 2024.

Según se expone, “el demandante, le asignó a la empresa la marca de su nombre Daddy Yankee, un bien privativo de este, entre otros derechos de propiedad intelectual, porque se le representó, ello facilitaría las contrataciones y los pagos de regalías del aquí demandante, al todo estar concentrado en una misma entidad”.

Se añade que, “en respuesta a la representación que se le hiciera, Ayala Rodríguez, efectuó una aportación adicional de recursos y capital a su corporación, El Cartel, mediante la asignación o cesión de sus derechos individuales y privativos respecto a parte de sus creaciones, nombre artístico y otros derechos intelectuales relacionados. Como resultado de esta inversión, Ayala Rodríguez adquirió una participación adicional, propia, particular y privativa sobre la empresa, además de la restante que pueda ser parte de la sociedad con la demandada (Mireddys)”.

Tras la explicación, se expone que “luego de recibir la delegación de autoridad por parte del demandante, las hermanas González Castellanos, procedieron a concentrar en sus personas un poder mayor al autorizado sobre las operaciones del Cartel, que ha resultado en una ejecutoria perjudicial y negligente para la empresa. Entre otras cosas, dejaron de rendir cuenta precisa de sus gestiones, desatendieron formalidades y exigencias de la legislación corporativa, decisiones financieras poco responsables, manejo negligente de la contabilidad y no se ocuparon de hacer citaciones, de mantener actas, constancias o registros de transacciones importantes, obviando la celebración de juntas y reuniones, entre otras”.

“A modo de ejemplo de lo anterior, la demandada Mireddys González Castellanos contrató a un tercero, para que representara al Cartel, en la venta del catálogo musical del demandante. La transacción se formalizó vendiéndose estos derechos a un precio, que resultó ser irrazonable, desproporcional y muy por debajo del valor real. A pesar del demandante haber firmado el acuerdo, bajo el asesoramiento de ese tercero y de las demandadas, al demandante no se le proveyó copia de todos los documentos del contrato, y al día de hoy desconoce el alcance real de la transacción, ni tiene conocimiento detallado de lo que se vendió o no se vendió, ni las limitaciones que puede tener sobre el uso de sus creaciones musicales”, se añadió en el documento legal.

La demanda alude que las hermanas han rechazado por el pasado año y medio dar información referente a estas corporaciones a Daddy Yankee. Se presume que este periodo fue cuando ocurrió la separación y los intentos del artistas de regresar con su esposa.

Las demandas indican que este periodo “las solicitudes recurrentes del demandante para que se le proveyera información y se le rindieran cuentas fueron desatendidas e ignoradas por las demandadas”.

Se informó que la última carta que envió el artista a su todavía esposa ocurrió a principios de este mes. En la misma, “se le revocó la delegación de autoridad que le había otorgado previamente para que manejara asuntos de su carrera, que a su vez eran los asuntos de la entidad. Así también, le requirió que mientras se dilucidaba los procesos consecuentes de la separación matrimonial, toda decisión financiera o de negocios relacionada al Cartel, Daddy Yankee, etcetera, tenía que ser consultada y autorizada por este previamente”.

“La codemandada Mireddys contestó la misiva cursada, pero, entre otras cosas, expresó al demandante que a su entender, él, Raymond Ayala, es decir Daddy Yankee, no parecía tener un propósito legítimo para solicitar información financiera sobre los ingresos que recibe la corporación como producto de la comercialización de Daddy Yankee en todas sus facetas, que no tenía un propósito legítimo para solicitar información sobre las marcas de Daddy Yankee, que no tenía un propósito legítimo para conocer las obligaciones contractuales vigentes de Raymond Ayala como Daddy Yankee, ni tampoco para obtener información de las cuentas bancarias del Cartel. En fin, que más allá del libro corporativo, según ella, no tenía propósito válido para solicitar información relacionada crucial e indispensable a su figura, a su empresa, a su imagen, a sus creaciones y a su carrera, cuando precisamente, ese era el propósito y razón para la que se constituyó la entidad”, dice el documento.

Este proceso de demanda se verá en un proceso público en la corte. Se espera que este próximo lunes el caso sea a un juez, quien dispondría cuándo se citarán a las partes para comenzar el litigio, explicó el portavoz de los tribunales, Jean Carlos Pérez.