Defensa de Perelló asegura que el caso en su contra se cae
Argumentaron en el Tribunal de San Juan que cuatro de las denuncias deben ser desestimadas porque no constituirían delito según la ley.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 7 años.
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El juez Enrique Silva del Tribunal de San Juan emitirá por escrito su decisión en torno a la solicitud de desestimación de cuatro cargos presentada por la defensa del expresidente de la Cámara de Representantes, Jaime Perelló, quien enfrenta un proceso por nueve denuncias de corrupción.
Al exlegislador por el Partido Popular Democrático (PPD) se le imputan cargos por perjurio, falsedad ideológica, posesión y traspaso de documentos falsificados, enriquecimiento ilícito, enriquecimiento injustificado, intervención indebida en las operaciones gubernamentales, malversación de fondos públicos, violación a la Ley de Ética Gubernamental y violación a la Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas.
Durante una extensa vista argumentativa la defensa de Perelló, conformada por los abogados José Andreu y José Olmo, argumentó que cuatro de las denuncias deben ser desestimadas porque las imputaciones no constituirían delito alguno según lo que establece la ley.
De acuerdo con Abreu, no habría violación de la Ley de Ética Gubernamental, porque la misma no aplica a funcionarios de la rama legislativa.
“Hay una regla básica de que nadie puede ser imputado si no hubo delito bajo la ley. La denuncia imputada es que cuando (Perelló) actuaba como legislador violó el artículo 4.2 de la Ley de Ética del 2011. Pero esa ley de 2011 establece que sus prohibiciones son solo aplicables a servidores y exservidores públicos de la rama ejecutiva. No le aplica a miembros y exmiembros de la ramas legislativa y judicial. ¡Eso se cae de la mata!”.
Asimismo, consideró que tres cargos relacionados con un donativo de campaña de $10,000 que le hizo Lutgardo Acevedo a su cliente no se sostienen porque en el informe de ética no se pide que se incluya esa información. Según Abreu, dicha información de donativos debe verse bajo la Ley de Fiscalización de Financiamiento de Campañas Políticas. Más aún, alega que, de haber ocurrido ese delito, el mismo habría prescrito, pues el término para el mismo es de cinco años.
Los fiscales especiales Ramón Mendoza y Leticia Pabón argumentaron que, en cambio, las pruebas de los presuntos delitos cometidos por Perelló fueron presentadas conforme a la ley ante un juez en la vista de Regla 6 (para encontrar causa para arresto) y dicho juez encontró que en efecto había elementos para que se mostrara esa prueba en la vista preliminar.
A preguntas del juez, el fiscal Rosario argumentó que consideran que la Ley de Ética gubernamental si aplica al legislador una vez deja de ejercer esa función, porque ya no podría ser juzgado por los mecanismos legislativos, y no debe quedar impune. Sin embargo, no pudo citar ningún caso que sirviera de precedente para tal interpretación.
En cuanto a los delitos relacionados al donativo no reportado, el fiscal argumentó que “nos concentramos en cuál fue la intención criminal, que era no reportar ese donativo nunca, que fue lo que sucedió. Y eso lo vamos a probar… Lo que estamos diciendo es que la prueba dice que no fue un donativo de campaña, no se usó para esos fines. Fue un ingreso que recibió y le mintió a Ética Gubernamental porque no lo divulgó”.
A su salida de la vista, Perelló emitió breves declaraciones en y dijo sentirse “confiado de la verdad”.
Terminada la vista, el fiscal Mendoza aseguró que su oficina está “luchando, haciendo un trabajo, estableciendo los elementos de intención criminal esta persona. Esto no es una persecución. No nos engañemos y tratemos entonces de burlar la ley con excusas baratas”.
El abogado Abreu, en cambio, reafirmó que el caso “no tiene futuro. Esto se va a caer”.