Apelativo envía a prisión a Carlos Julián Maldonado Dávila
Deberá cumplir al menos dos años por “hit & run” que le costó la vida a la atleta Natalia Nicole Ayala.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 meses.
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El Departamento de Justicia (DJ) confirmó esta tarde que el Tribunal de Apelaciones (TA) revocó la sentencia impuesta por la juez Nerisvel Durán, del Tribunal de San Juan, contra Carlos Julián Maldonado Dávila, quien fue hallado culpable de haber provocado el accidente que le costó la vida a Natalia Nicole Ayala Rivera.
Maldonado Dávila arrolló con su vehículo a la joven el 5 de enero del 2022 en horas de la noche. La determinación del TA ordena que el convicto cumpla en una institución carcelaria al menos dos de los 10 años a los que fue condenado.
“El Departamento de Justicia de Puerto Rico prevaleció contra Carlos Julián Maldonado Dávila ante el Tribunal de Apelaciones, pues dicho foro judicial revocó, por abuso de discreción, la sentencia suspendida dictada por la juez Nerysvel Durán Guzmán contra el convicto de haber provocado la muerte de Natalia Nicole Ayala Rivera.
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El 11 de diciembre del año pasado, el Departamento de Justicia, por conducto de la Oficina del Procurador General de Puerto Rico, acudió al Tribunal de Apelaciones para solicitar la revisión de la decisión del Tribunal de Primera Instancia de conceder el privilegio de sentencia suspendida a Maldonado Dávila, tras ser hallado culpable de haber provocado la muerte de Ayala Rivera y causarle daños a Carlos Adihl Sosa Bigio, manifestó el DJ en declaraciones escritas.
De hecho, en su escrito, el TA determinó que “por entender que el foro sentenciador abusó de su discreción al no considerar con más rigor los hallazgos presentados en el informe presentencia y las circunstancias que rodean los hechos del caso, modificamos la sentencia dictada en conformidad a lo antes expuesto y devolvemos el caso al Tribunal de Primera Instancia para que se dicte una nueva sentencia según lo aquí resuelto”.
“El Tribunal de Apelaciones dictó sentencia hoy, en la que acogió el planteamiento de la Oficina del Procurador General y concluyó que el Tribunal de Primera Instancia abusó de su discreción “al no considerar con más rigor los hallazgos presentados en la informe pre-sentencia y las circunstancias que rodean los hechos del caso”.
El Tribunal de Apelaciones, asimismo, determinó que una vez cumpla esos dos años en prisión, entonces “el convicto podrá disfrutar del privilegio de sentencia suspendida, por el resto de los años a los que fue sentenciado”, lee el comunicado.
A Maldonado Dávila se le acusó por ocasionar la muerte a una persona conduciendo negligentemente, ocasionar daños físicos a una persona conduciendo negligentemente, y no detenerse para ayudar a una persona, según disposiciones de la Ley 22-2000, conocida como la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.
El 9 de noviembre del año pasado, Maldonado Dávila, quien al momento de los hechos se desempeñaba como director de la Oficina de Turismo del municipio de Barceloneta, fue sentenciado a 10 años en probatoria.
La sentencia impuesta causó gran indignación, no solo debido a las circunstancias que rodearon el incidente, si no porque según los familiares de la víctima, durante todo el proceso judicial, Maldonado Dávila nunca demostró remordimiento por lo sucedido. Cabe destacar que tras arrollar a Natalia Nicole, en el expreso De Diego cerca de la calle Calaf, donde la joven se había detenido a cambiar una goma, Maldonado Dávila se dio a la fuga y llegó hasta el cuartel de la Policía Municipal de Barceloneta, donde alegadamente intentó presentar una querella argumentando que había chocado con un objeto fijo, con el fin de reclamar los daños sufridos por su vehículo a una aseguradora.
“Estamos complacidos con la decisión del Tribunal de Apelaciones. Sin duda alguna, la determinación del Tribunal de Primera Instancia de condenar a Carlos Julián Maldonado Dávila a cumplir la totalidad de su sentencia bajo el privilegio de sentencia suspendida fue un error. Nuevamente, reafirmamos el compromiso del Departamento de Justicia con hacerle justicia a las víctimas del crimen y nuestra labor de asegurar que todo convicto de delito reciba la pena que le corresponde”, expresó el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández.
Por su parte, el procurador general, Fernando Figueroa Santiago, explicó lo siguiente: “Mediante esta Sentencia el Tribunal de Apelaciones avaló nuestro planteamiento sobre la materialidad del informe pre-sentencia, el cual, si bien no es obligatorio, no puede ser simplemente ignorado o descartado por los foros sentenciadores sin fundamento alguno; la discreción judicial tiene límites y este caso lo demuestra. En esa línea, el Tribunal de Apelaciones concluyó correctamente que en este caso el foro primario abusó de su discreción y acogió nuestra petición de una sentencia fraccionada que incluya tiempo en reclusión”.
El Departamento de Justicia argumentó que el Tribunal de Primera Instancia debió considerar con mayor detenimiento las circunstancias en las que Maldonado Dávila cometió el delito, ya que denotan un problema craso de carácter, y que del informe pre-sentencia surge amplia información para determinar que debía ser ingresado en una institución penal.
La noche del incidente, la joven, que era integrante del equipo de taekwondo de la Escuela de Deportes de San Juan, había salido de trabajar en una tienda en el centro comercial Plaza Las Américas, y se detuvo un rato a compartir con amistades en negocio cercano. Cuando salió rumbo a su hogar, a eso de las 11:20 p.m., antes de subir a la autopista se percató que tenía la goma derecha delantera vacía, presuntamente, porque había caído en un hoyo en la carretera. Llamó a su papá para pedirle ayuda, pero en ese momento su amigo, Carlos Adhil Sosa Bigio detuvo su guagua frente al carro de ella para ayudarla.
Estacionaron los vehículos en el lado izquierdo de la vía, donde la línea del paseo de emergencias es más ancha, y quedaron de lado al tránsito. No obstante, mientras cambiaban el neumático, una guagua los embistió.
El conductor del vehículo que ocasionó el accidente no se detuvo a ofrecer ayuda, ni brindó información sobre el suceso a las autoridades.
Sosa Bigio, quien recibió lesiones en la cadera izquierda y la pierna derecha, llamó al Sistema de Emergencias 9-1-1 para pedir ayuda, pero ante la gravedad de la situación optó por montar a su amiga en su guagua y llevarla al Centro Médico en Río Piedras. Sin embargo, Ayala Rivera fue declarada muerta a las 4:47 a.m. del día siguiente.
Luego del accidente, Maldonado Dávila acudió a un cuartel municipal para radicar una querella en la que alegaba que alguien le había chocado su guagua, a la que le faltaba un espejo retrovisor y presentaba otros daños en la carrocería y un foco.