Tyrone Rohena Vélez enfrentará juicio por arrollar con su vehículo de motor a la cantautora Ivania Zayas Ortiz, luego de que el juez Enrique Silva Avilés, del Tribunal de San Juan, determinó hoy, miércoles, causa en su contra por un cargo menos grave de homicidio negligente.

Silva Avilés también encontró causa por un cargo de abandono de la escena del choque fatal. 

Tan pronto el togado anunció su determinación, el Ministerio Público, representado por las fiscales María Teresa Carro Lahongrais y Jimara Gabriel Maisonet, solicitó vista preliminar en alzada.

El Ministerio Público imputó al empleado de mantenimiento un cargo de homicidio negligente grave por haber cometido los alegados actos con claro menosprecio por la seguridad de los demás. Este delito contempla una pena fija de ocho años de cárcel.

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Pero Silva Avilés encontró causa por el cargo en la modalidad menos grave, que conlleva una pena de tres años de prisión.

Ante la petición de las fiscales, el juez señaló la vista preliminar en alzada para el 26 de mayo. Ese día también se efectuará la lectura de acusación por el delito de abandono del lugar del accidente.

Ese cargo se consolidará con otro cargo menos grave, por conducir con una licencia vencida, que se encuentra ante la consideración de la jueza Gisela Alfonso Fernández.

En su argumentación final, Carro Lahongrais aseguró que Rohena Vélez embistió a Zayas Ortiz, de 38 años, la madrugada del 8 de febrero pasado, mientras conducía una guagua GMC Envoy Azul a exceso de velocidad, con los tintes de los cristales oscuros fuera de los límites legalmente permitidos y con el foco del lado del conductor del vehículo sin funcionar.

"Ivania Zayas murió a causa de un severo trauma corporal causado por el impacto del vehículo que conducía Tyrone Rohena Vélez", afirmó la fiscal.

Indicó también que el hombre de 27 años abandonó el lugar después del accidente.

En su turno el licenciado Luis Rodríguez Rosario, que junto al licenciado Víctor Miranda Corrada compone el equipo de la defensa, cuestionó la identificación de Rohena Vélez y resaltó que el Ministerio Público solo contaba con prueba circunstancial para establecer que manejaba la guagua al momento de los hechos.

También enfatizó en que el lugar del accidente era uno oscuro y con poca visibilidad y que Zayas Ortiz también tenía responsabilidad vicaria por lo ocurrido porque cruzó fuera del área donde ubica el cruce peatonal.

"Hay negligencia tanto del conductor como del peatón", apuntó el abogado.

Durante el último día de la vista preliminar, el Ministerio Público sentó declarar al agente Eloy Febres Martínez, adscrito a la División de Tránsito de San Juan, quien preparó el croquis del lugar del accidente, así como al perito en reconstrucción de escenas y choques, Francisco Roberto Klein Moya.

Klein Moya concluyó que cuando arrolló a la cantautora, el joven Rohena Vélez conducía la guagua a 49 millas por hora, en una zona donde el máximo permitido por ley es 35 millas.

Además, determinó que Zayas Ortiz no tomó las medidas de precaución necesarias al cruzar la PR-3, también conocida en esa área como la avenida 65 de Infantería, con la luz del semáforo en su contra.

Como parte de su análisis, estableció que Rohena Vélez golpeó a Zayas Ortiz con la guagua, entonces frenó, mientras el cuerpo de la mujer cayó sobre la guagua, golpeando el bonete y el parabrisas, antes de volar y caer sobre el pavimento.

Fuera de sala, los abogados defensores no realizaron expresiones públicas. Las fiscales, mientras, indicaron que respetaban la determinación de Silva Avilés aunque no estaban de acuerdo con la misma.

"El Ministerio Público pasó su prueba y su prueba fue robusta. No estamos de acuerdo con la determinación del juez por eso se pidió la vista en alzada. Respetamos mucho al honorable juez pero discrepamos totalmente del honorable juez", indicó Gabriel Maisonet, mientras Carro Lahongrais conversaba con los familiares de la víctima.