Senadora Rodríguez Veve volverá a citar a clínicas de aborto a las vistas del PS 495
La medida busca regular la práctica del aborto en menores de edad.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 1 año.
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La senadora Joanne Rodríguez Veve anunció que volverá a citar a las clínicas de salud sexual y reproductiva que ofrecen servicios de aborto para que comparezcan a las vistas públicas sobre el Proyecto del Senado 495, y dejó la puerta abierta para tomar “otros mecanismos” que garanticen su comparecencia.
La senadora del partido Proyecto Dignidad, que preside la Comisión de Asuntos de Vida y Familia del Senado, considera que “la comparecencia de las clínicas de aborto es fundamental” para la discusión del PS 495, proyecto que busca regular la práctica del aborto en menores de edad.
Las vistas se habían pautado para comenzar hoy, martes 2 de mayo.
Según indicó Rodríguez Veve en declaraciones escritas, las cuatro clínicas que ofrecen servicios de aborto habían sido citadas a comparecer hoy, martes, pero “la clínica Woman’s medical Pavilion no contestó la citación, las clínicas Iella y Profamilias contestaron, vía correo electrónico, indicando que no comparecería, pero que enviarían sus memoriales por escrito, no solicitaron ser citadas en una fecha posterior, y la clínica Darlington Medical Associates solicitó ser citada a partir del 8 de mayo, confirmando su comparecencia”.
Así las cosas, la senadora informó que citó nuevamente para que comparezcan ante la Comisión de Asuntos de Vida y Familia, el próximo 15 de mayo, a todas las clínicas que ofrecen servicios de terminación de embarazo, o aborto, además de otros servicios de salud tales como ginecología, planificación familiar, métodos anticonceptivos, prevención de enfermedades de transmisión sexual, pruebas y exámenes para diversas condiciones y enfermedades, entre otros.
“Para la discusión del P. del S. 495, la comparecencia de las clínicas de aborto es fundamental, pues son ellas las que tienen la información, de personal y propio conocimiento, sobre la cantidad de menores que han abortado y, todavía más importante, sobre la cantidad de menores que han ido a abortar tras una violación y cómo se han atendido estos casos”, afirmó la senadora en sus declaraciones escritas. “Conocer detalladamente los protocolos de las clínicas de aborto para atender menores de edad y cómo han manejado los casos de violación o sospecha de esta en los casos de niñas adolescentes, es información de alto interés público para el análisis del proyecto en discusión”.
La legisladora de Proyecto Dignidad agregó que, en su carácter de presidenta de la Comisión de Asuntos de Vida y Familia, “no descarta otros mecanismos legislativos para obligar la comparecencia de las clínicas de aborto si estas no comparecen a las vistas públicas sobre el P. del S. 495″.
Rodríguez Veve agregó que “me parecería cuestionable que las clínicas de aborto se nieguen a darle cara al país, a través el proceso de vistas públicas, para no tener que dar detalles sobre el manejo de casos de menores de edad. De este ser su proceder, ello levantaría la sospecha de algún tipo de ocultamiento. Lo que, sin duda, debería activar el mecanismo legislativo investigativo”.
La senadora repasó que, en la citación original, se le solicitó a las clínicas de salud sexual y reproductiva que ofrecen servicios de aborto la siguiente información:
- El número de abortos por año, en los últimos cinco años, que han llevado a cabo en su clínica a menores de 18 años, especificando la edad de cada menor, desglosado por año.
- El número de referidos que ha hecho por año, en los últimos cinco años, desglosado por año, en casos de violación, o sospecha de esta, relacionadas a cualquier menor de 18 años, atendida en su clínica, especificando si el referido se hizo por la Línea Directa de Maltrato, oficina regional o local del Departamento de la Familia, la Policía de Puerto Rico o cualquier otra vía.
- El número de custodias de emergencia, por año, en los últimos cinco años, desglosado por año, que los profesionales de la salud de sus clínicas hayan llevado a cabo al amparo del Artículo 23 de la Ley 246-2011, según enmendada.