San Juan también se lanza en contra del voceteo
El alcalde Miguel Romero indicó que la proliferación de autos modificados para emitir sonidos altos se ha convertido en un problema.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 3 años.
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El alcalde de San Juan, Miguel Romero Lugo, anunció hoy la aprobación de una orden ejecutiva municipal para reforzar el cumplimiento de varias leyes y ordenanzas que garantizan el control de ruidos innecesarios y la contaminación acústica.
Romero Lugo indicó en un comunicado de prensa que la proliferación de vehículos modificados para emitir sonidos con alto volumen se ha convertido en un problema de contaminación acústica que afecta la convivencia de los sanjuaneros.
“La sana convivencia, la tranquilidad y la paz ciudadana son elementos necesarios para que la ciudad capital de Puerto Rico logre retomar su posición como una jurisdicción que incentive la repoblación de sus diversas comunidades y mantenga un ambiente que redunde en una mejor calidad de vida para todos nuestros residentes”, establece la Orden Ejecutiva 008 promulgada por Romero Lugo.
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El primer ejecutivo capitalino destacó que con la orden emitida se busca reforzar el cumplimiento con leyes y ordenanzas existentes que atienden la problemática de ruidos innecesarios y contaminación acústica.
Con la orden ejecutiva aprobada, la Policía Municipal de San Juan podría intervenir en situaciones donde los sonidos excesivos e innecesarios perturben la tranquilidad de las comunidades en San Juan.
Entre las leyes que se reforzará su cumplimiento, están la Ley 155 de 1937 para disponer sobre los amplificadores o altoparlantes cuando afecten la tranquilidad pública, y la Ley 71 de 1940 para suprimir los ruidos innecesarios de todas clases y establecer penalidades. Esta última entiende como ruido innecesario todo sonido fuerte, que perturbe, que sea intenso y frecuente, y que afecte la tranquilidad.
Romero Lugo informó, además, que se promoverá por la Policía Municipal el cumplimiento con la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, en específico el Artículo 14.15 sobre los sistemas de amortiguador de sonido y aceleramiento del motor; y el Artículo 14.21 sobre el uso y la instalación ilegal de sirenas y campanas en vehículos de motor privados no autorizados.
La orden ejecutiva del alcalde se instruye al cumplimiento con el Artículo 241 del Código Penal de Puerto Rico sobre alteración a la paz y otros artículos relacionados a la prohibición de ruidos innecesarios y contenidos en la Codificación de Legislación Penal del Municipio de San Juan.
Romero Lugo señaló que las leyes y ordenanzas detalladas no implican una limitación en las medidas que la Policía Municipal podría impulsar para atender el problema de contaminación acústica en San Juan.