Salud divulga orden administrativa con medidas adicionales del COVID-19
La agencia determinó que los estudiantes mayores de 16 años estarán sujetos a la vacunación obligatoria.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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A un día que comience la Orden Ejecutiva 2022-019 del COVID-19 que flexibiliza la mayoría de las restricciones, el Departamento de Salud divulgó su Orden Administrativa 2022-533 que impone medidas adicionales para atender la pandemia.
Aunque la orden ejecutiva del gobernador Pedro Pierluisi eliminó el mandato de vacunación, Salud determinó por su parte que los estudiantes mayores de 16 años estarán sujetos a la inoculación obligatoria, según establecida en la Ley 25 del 25 de septiembre de 1983. La agencia indicó que dicha ley faculta al secretario de Salud a publicar cualquier otra vacuna que tenga a bien requerir.
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En cambio, los estudiantes de entre 5 a 15 años quedaron excluidos de la vacunación compulsoria.
Salud recordó que se seguirá aplicando las excepciones médicas y religiosas.
Asimismo, la agencia señaló que continuará el mandato de vacunación existente por regulación federal de CMS para el personal que labora en las instalaciones de salud.
Uso de mascarillas
Salud detalló que aunque se eliminó el uso de mascarillas como regla general, existen excepciones donde será mandatorio.
Las personas que utilicen, asistan o trabajen en transporte público, instalaciones de salud, instituciones correccionales, hogares de cuidado prolongado para adultos mayores u hogares comunitarios que atiendan la población de personas con discapacidad intelectual, deberán utilizar mascarillas. En cuanto a instalaciones de salud se refiere a los hospitales, salas de emergencias, consultorios médicos, centros de salud, clínicas, laboratorios clínicos y farmacias, entre otros.
Se indicó que en los centros de cuidos de niños, incluidos los Head Start y Early Head Start, las escuelas públicas o privadas y las universidades tendrán que utilizar mascarillas mientras se encuentren en el salón de clase. Su uso será opcional en los espacios abiertos al exterior de estas instalaciones.
Al exigir el uso de mascarilla, Salud mencionó que será importante que se pueda ofrecer medidas de acomodo razonable a la población sorda, pero sin limitarse, a la remoción momentánea de la mascarilla para lograr una comunicación efectiva, uso de mascarilla transparente, y cualquier otra que aplique y que garantice el derecho de esta población a recibir el servicio.
“Ante todo esto, hay que dejar establecido que las personas, según su discreción, pueden continuar utilizando las mascarillas y eso nadie podrá impedirlo”, recalcó el secretario de Salud, Carlos Mellado López.
Actividades multitudinarias
Sobre las actividades multitudinarias de más 1,000 personas en teatros, anfiteatros, estadios, coliseos, centro de convenciones y de actividades, y lugares análogos en lo que se celebre cualquier evento, sea exterior o interior, no tendrá limitación o reducción de aforo y se elimina el mandato de uso de mascarillas.
“El uso de mascarillas para eventos multitudinarios se revisará oportunamente siguiendo los niveles de Comunidad COVID-19 de los CDC. Para el nivel bajo (color verde), el nivel en que nos encontramos actualmente, se establece el uso opcional de estas. Para los niveles moderado (color amarillo) o alto (color rojo) se incluirá el uso de mascarillas. Continuaremos monitoreando activamente los niveles de comunidad y se harán los ajustes que sean necesarios”, precisó Mellado López.
Para estos eventos, los vacunados deben mostrar evidencia de sus dosis completadas, bien sea de la única vacuna aprobada o autorizada por la FDA o cualquier otras incluidas en la lista de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud.
Las personas no vacunadas deben presentar un resultado negativo proveniente de una prueba viral cualificada realizada dentro de un término de 72 horas antes de acceder al establecimiento y que haya sido procesada por un profesional de la salud autorizado, o un resultado positivo a COVID-19 de los pasados tres meses, junto con documentación de su recuperación.
Respecto a las normas para los viajeros, la Orden Ejecutiva 2022-019 derogó los requisitos para entrar a la Isla. Ante ese escenario, se eliminó el requisito de cumplimentar la declaración de viajero al llegar a Puerto Rico. Sigue en vigor la vigilancia genómica y los centros de pruebas voluntarias en los aeropuertos por el tiempo que el secretario estime prudente.