Revés judicial para la defensa en el caso contra la representante Mariana Nogales
Tribunal de San Juan deniega la solicitud de inhibición de la jueza Iraida Rodríguez, quien había emitido en febrero una orden de allanamiento de las cuentas de la parte imputada
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 1 año.
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La jueza Iraida Rodríguez Castro examinará la prueba en el caso que radicó la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente (OPFEI), contra la representante Mariana Nogales Molinelli, del Movimiento Victoria Ciudadana su madre Rita Molinelli Freytes y la corporación familiar Ocean Front Villas por alegada evasión contributiva, determinó hoy la jueza administradora del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, Laura Lis López Roche.
La jueza administradora denegó la solicitud de la defensa, quien pidió la recusación de Rodríguez Castro por haber emitido una orden de allanamiento de las cuentas bancarias de la parte imputada, el pasado 25 de febrero, previo a la radicación del caso, el 3 de mayo.
“No podemos concluir que las actuaciones de la jueza se deban a una actuación de prejuicio o parcialidad de su parte”, determinó la jueza administradora en una resolución con fecha de hoy viernes 12 de mayo.
En la vista del 3 de mayo, antes de que se ventilara la prueba, la defensa pidió la inhibición de la jueza Rodríguez Castro, de la Sala de Investigaciones de San Juan, bajo el reclamo de que tuvo contacto previo con la prueba. Los abogados, encabezados por el licenciado José Andreu Fuentes, argumentaron que el pasado 25 de febrero a solicitud de los fiscales de la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente (OPFEI), Rodríguez Castro expidió una orden de allanamiento de las cuentas bancarias de la parte imputada y que advinieron en conocimiento, cuando los fiscales les entregaron las declaraciones juradas con las que habían radicado unas 51 denuncias contra Nogales Molinelli, su progenitora y la corporación.
“Al tomar en cuenta la totalidad de les circunstancias nos vemos forzados a concluir que de las alegaciones de las partes y la prueba presentada tampoco surge que la jueza Rodríguez Castro haya incurrido en alguna actitud parcializada o impropia”, dice la resolución de la jueza administradora del Tribunal de Primera Instancia de San Juan.
López Roche indicó en el dictamen, que Rodríguez Castro “no erró” al atender los planteamientos de la defensa sobre su solicitud de inhibición en la vista del 3 de mayo de 2023, “puesto que no fue hasta el 10 de mayo de 2023 cuando esta presentó la correspondiente moción de recusación, en cumplimiento con lo dispuesto a las reglas 76 a 80 de Procedimiento Criminal”.
Además, expresó que la jueza “en lugar de continuar con la vista, paralizó los procesos y les concedió un término para presentar la moción por escrito y bajo juramento, en cumplimiento con las antes referidas reglas”.
“Es evidente que, inadvertidamente, el tribunal ha tenido contacto con la prueba”, argumentó en la vista del 3 de mayo, el abogado José Andreu Fuentes, quien representa a Nogales Molinelli. Andreu Fuentes reclamó que la defensa advino en conocimiento de la orden de allanamiento de la jueza iniciada la vista de la Regla 6, una vez los fiscales les entregaron las declaraciones juradas que acompañaron como parte de la prueba en el caso.
Otro de los abogados del equipo de defensa, Frank Torres Viada reclamó, que las planillas de la parte imputada fueron obtenidas de forma ilegal, sin orden judicial y sin informarle al contribuyente imputado. “Esa orden tiene detalladas las planillas desde el año 2011 hasta el 2021 estableciendo los ingresos y usted tuvo ante sí, el resumen y contenido de esas plantillas. Aunque no las haya tenido como tal, pasó juicio sobre lo que dijo el testigo de que había causa probable para creer que se había cometido un delito de evasión contributiva”, sostuvo Torres Viada.
Pero, el fiscal Ramón Mendoza ripostó que la solicitud de inhibición era una estrategia para dilatar el caso. Mendoza indicó que las planillas se obtuvieron mediante “órdenes de registro de allanamiento de distintos jueces para toda esa evidencia”. El OPFEI alega que las planillas “demuestran que se sometieron sin presentar los ingresos que realmente recibieron”.
Otro de los fiscales, Miguel Colón indicó que “hay una ley federal que dispone que si le justifica al juez que no se le debe notificar (al contribuyente) porque hay una investigación confidencial en curso, eso lo evalúa el juez y no lo hace ilegal”.
La jueza, aunque inicialmente dijo que no tenía que inhibirse, que no había tenido contacto con las planillas de ninguno de los imputados, después de consultar con la jueza administradora del Tribunal de San Juan, le concedió hasta el pasado miércoles 10 de mayo a la defensa para presentar por escrito la solicitud de inhibición y los fiscales tendrían igual término para replicar.