Restringen privilegio de libertad bajo palabra a convictos por agresión sexual
Gobernador convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 2106.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 meses.
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El gobernador de Puerto Rico, Pedro R. Pierluisi, convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 2106 que establece que todo convicto por agresión sexual en todas sus modalidades, actos lascivos, violación, sodomía, incesto, secuestro, secuestro agravado y pornografía infantil, incluyendo sus tentativas, no podrá beneficiarse del Programa de Libertad Bajo Palabra.
Se desprende de la nueva ley que las personas que estén referidas bajo la consideración de la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP), sin que haya una determinación final, no cualificarán para este proceso independientemente de la etapa procesal en la que se encuentre su solicitud. En el caso de las personas que se encuentren disfrutando de este privilegio tras cometer este tipo de delitos, y luego, por diversas razones, se les revoque, no se les concederá nuevamente.
La JLBP, adscrita al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), apoyó sin reservas esta nueva ley por entender que le hace justicia a las víctimas del crimen. También, hizo lo propio el Departamento de Seguridad Pública (DSP) y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM).