Por diferencias de criterios y, principalmente, porque cree que una determinación de la jueza Aileen Navas Auger deja a miles de niños de educación especial desprovistos de la protección del tribunal, el exjuez asociado del Tribunal Supremo, Francisco Rebollo López, renunció ayer, jueves, como comisionado especial del pleito legal incoado en reclamo de mejores servicios para esta población.

“Dicho con el mayor respeto posible, y no obstante, el deseo inmenso de cooperar con el Honorable Tribunal y con las partes que siempre nos ha animado (El Comisionado Especial compareciente nunca ha reclamado, ni cobrado, honorario alguno por los servicios que ha prestado.), no hay duda alguna de que esa incompatibilidad, esa honesta diferencia de criterio en cuanto al derecho aplicable al caso y el procedimiento a seguir en el mismo, hace necesario y/o aconsejable que, muy a pesar nuestro, presentamos la renuncia como comisionado especial, la cual es de carácter irrevocable", sostuvo Rebollo López.

"Dicha decisión es una acorde con nuestra consciencia y la misma resulta ser la más apropiada, dado a los sucesos acontecidos”, agrega el que una vez fue designado presidente interino del Tribunal Supremo.

En su moción de renuncia, Rebollo López estipula que su dimisión se basa en los cambios que estableció la jueza Navas Auger al informe que sometió ante el tribunal el pasado 18 de noviembre de 2013, tras su evaluación del pleito de Rosa Lydia Vélez contra el Departamento de Educación.

 En el informe, Rebollo López estableció que esta agencia debe asumir su responsabilidad por la negligencia que ha cometido con esta población. Además, determinó que los estudiantes de educación especial deben ser indemnizados.

“El vía crucis y el suplicio de nuestros niños, niñas y jóvenes con necesidades especiales ha sido arduo, largo e innecesario. Así también para sus familiares, situación que increíblemente, al día de hoy, no ha terminado", sentenció el renunciante.

 "Es un hecho, a nuestro juicio incuestionable, que todas las administraciones de gobierno durante las últimas tres décadas, han fallado malamente en viabilizar la educación a la que tienen derecho, merece y reclama este sector de nuestra sociedad”, manifestó Rebollo López en su informe, presentado ante la jueza del Tribunal de San Juan.

 No obstante, en su moción de renuncia el exjuez plantea que el pasado 31 de enero, Navas Auger cambió la conclusión de su informe en dos aspectos trascendentales.

El primero fue para establecer que “la parte demandante tiene el peso de la prueba de establecer la casualidad entre la negligencia y los alegatos de daños. Por tanto, los demandantes... deberán establecer la causalidad y los daños”.

 El segundo cambio fue para establecer que el pleito no es uno de clase, si no constituye una “ley de caso”. Eso representaría que solo los estudiantes que se hayan unido a la demanda serían considerados en caso de indemnización.

 Esos cambios, los cuales cree fueron contrario a derecho, llevaron a Rebollo López a renunciar.

“Definitivamente, no podemos avalar la determinación de la honorable Aileen Navas Auger”, precisó.

 De estos dos planteamientos, el más que discutió en su moción de renuncia fue el que se establece que el pleito no es uno de clase. De hecho, afirmó que la determinación podría representar un acto de “injusticia” para los miles de niño de educación especial.

 “En nuestro humilde criterio, y dicho con gran respeto, los hechos del presente caso ameritan la no aplicación de la doctrina de “ley de caso”. Se trata de niños y niñas inocentes que necesitan educación especial, que fueron abandonados y/o desatendidos por décadas por un ente - el Estado - que tenía y tiene obligación constitucional de brindarles esa educación especial, la cual admitidamente no hizo. Peor aún, el Estado ha preferido pagar mensualmente miles de dólares por concepto de multas impuestas por el Foro Judicial en lugar de transigir el caso, el cual lleva 30 años de litigio”, puntualizó el exjuez del Tribunal Supremo.

 Rebollo López fue más lejos al establecer que de regir la nueva orden de la jueza se desvanecerían 30 años de negociaciones entre las partes. Y es que recordó que en el paso de los años la transacción siempre se había atendido bajo la premisa de que “incluiría a todos los niños que están registrados en los records del Departamento de Educación como necesitados de educación especial”.

 “Esto es, nunca se habló ni se consideró que la transacción únicamente cubriría a aquellos niños demandantes”, acotó.

 “Dejar fuera del pleito a esos miles de niños en este momento, luego de 30 años de litigio, ciertamente constituye en nuestro humilde criterio la 'grave injusticia' a la que se refiere la jurisprudencia del honorable Tribunal Supremo de Puerto Rico, la cual constituye una clara excepción a la aplicación de la norma o doctrina de la “ley de caso”. Esos niños y niñas que quedan fuera del presente caso, ¿cuántos años más tendrán que esperar para que se les haga la justicia a la que tiene derecho?”, concluyó Rebollo López.

 En su moción, el exjuez hizo claro que pese a la diferencia de criterios que enfrentó con la jueza Navas Auger, le guarda “respeto y agradecimiento”.

El pleito de educación especial fue incoado el 14 de noviembre de 1980 por Vélez y otras siete familias, a nombre de sus hijos, que demandaron al Departamento de Educación para exigir que cumpliera con los derechos educativos de los niños y jóvenes con impedimentos y luego fue certificado como un pleito de clase. En el 2002 se emitió una sentencia parcial por estipulación mediante la cual se establecieron unos acuerdos con los que se comprometió Educación para atender adecuadamente a esta población. No obstante, el incumplimiento de la agencia con estos acuerdos provocó que en el 2005 se le impusiera una multa diaria de $2,000 que dejó de pagar unilateralmente durante la pasada administración, por lo cual este año se estableció un plan de pago.