Realizarán un censo de sordos en Puerto Rico, sus necesidades y lenguaje
El Senado se lo ordenó al Instituto de Estadística.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 5 años.
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El Capitolio. Ante la falta de estadísticas sobre el número exacto de personas sordas en Puerto Rico y que enfrentan diversas situaciones, el Senado aprobó hoy, con 18 votos a favor y 7 en contra, la Resolución Conjunta del Senado 409 que le ordena al Instituto de Estadísticas en conjunto con el Departamento de Salud y la Administración de Rehabilitación Vocacional a realizar un censo formal.
La medida, de la autoría de Nelson Cruz Santiago, expone que el registro debe contar con todas las guías investigativas y científicas necesarias que ayuden a esclarecer la cantidad de sordos existentes en la Isla, así como sus particularidades y lenguaje empleado para comunicarse.
Según se desprende de la resolución, en Puerto Rico no hay datos claros sobre la cantidad de personas que pertenecen a la comunidad sorda. Varias entidades han realizado diversos censos, pero no son certeros. En algunos casos, se habla de 80 mil personas; en otros, de 187 mil; y en otros, de 300 mil. No obstante, no hay un censo claro sobre esta comunidad, establece la exposición de motivos de la pieza legislativa.
“Esta población marginada, carece de acceso a la información y a ciertos servicios básicos porque las agencias gubernamentales no están preparadas para atender a este sector de la población, siendo los servicios médicos en los cuales sufren el mayor discrimen”, denunció Cruz Santiago en declaraciones escritas.
De acuerdo con el censo de 2010, se promedió en Puerto Rico una población de sobre 150 mil personas sordas, aunque estudios realizados establecen un vertiginoso aumento de personas diagnosticadas con pérdida de audición.
El Instituto de Estadísticas y la Administración de Rehabilitación Vocacional tendrán un término de 180 días a partir de la vigencia de esta Resolución para cumplir con la misma.
Luego, el director del Instituto remitirá copia de los resultados con sus hallazgos y conclusiones a la Secretaría del Senado dentro de un plazo de 30 días después de obtenido los mismo.