La comunidad escolar deberá estar vacunada contra el COVID-19 para el próximo año escolar 2021-2022, según estableció hoy el Departamento de Salud en la Orden Administrativa 2021-509.

La orden estipula que “ningún estudiante o niño de 12 años en adelante -con excepción de lo indicado más adelante en esta orden- podrá ser admitido en una escuela de forma presencial, si no está debidamente inmunizado contra el COVID-19 con las vacunas autorizadas por las autoridades federales pertinentes y suministradas en Puerto Rico”.

“De igual forma, se exigirá la prueba de vacunación de forma obligatoria al personal docente y no docente de las escuelas, centros educativos y universidades, públicos y privados. Este requisito aplicará a contratistas en contacto con la comunidad escolar”, añade.

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Entonces, ¿quiénes están exentos de vacunarse contra el COVID-19 en las escuelas? La orden señala que solo estarán exentos de esta obligación las personas con sistema inmune comprometidos, que sean alérgicas a la vacuna o que tengan otras contradicciones médicas a la misma. Las excepciones médicas deberán estar certificadas por un doctor autorizado en Puerto Rico.

De igual manera, quedarán exentos aquellos que presenten razones religiosas en una declaración jurada.

“Se permite -a manera de excepción- el no vacunarse por motivos religiosos siempre y cuando las vacunas vayan en contra de los dogmas de la religión a las que se adhiere su padre o tutor y se presente una declaración jurada por parte de los padres o estudiante mayor de edad por exención de creencias religiosas que contenga la firma del ministro de la religión o secta y la firma de los padres o tutor”, expresa la orden.

Usualmente, cada año escolar alrededor de un 2% de la población estudiantil presenta una declaración jurada para poder matricularse sin estar vacunado, la mayoría por motivos religiosos, mencionó la principal oficial de epidemiología, Iris Cardona, en una conferencia de prensa que Salud llevó a cabo para anunciar esta orden.

El próximo 16 de agosto, los estudiantes deberán presentar evidencia de que tienen al menos una dosis de la vacuna contra el coronavirus. Actualmente, el producto de Pfizer es el único que puede inyectarse en adolescentes de 12 años o más, bajo la autorización de uso de emergencia que la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA, en inglés) otorga a las farmacéuticas. Esta se administra en dos dosis.

El personal docente y no docente, por su parte, deberá mostrar que está completamente vacunado, que es cuando se cumplen dos semanas después de recibir la última dosis requerida.

Al ser abordado sobre posibles litigios que puedan surgir a raíz de esta orden, el secretario de Salud, Carlos Mellado, dijo que los oponentes están en su derecho de hacerlo.

“La ley orgánica del Departamento de Salud es sumamente clara y explícita, y le da una fuerza y potestad al secretario de Salud a tomar unas decisiones para salvar la población en caso de una epidemia”, expresó.

“Nosotros vamos a utilizar todos los mecanismos legales posibles para cumplir con nuestro objetivo, que es que todo puertorriqueño esté vacunado. Las personas tienen el derecho de ir a un tribunal. Nosotros en el Departamento de Salud tenemos la obligación de salvaguardar la salud de Puerto Rico”, precisó Mellado.

Mellado no descartó que una orden similar se extienda para toda la población en Puerto Rico.