¿Qué propone el Municipio de San Juan en un nuevo Código de Orden Público que ha causado revuelo?
Aquí te explicamos en detalle.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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El pasado lunes, el Municipio de San Juan propuso un nuevo Código Orden Público que ha causado revuelo entre ciudadanos y comerciantes capitalinos.
Pero; ¿qué realmente contiene el borrador de este nuevo código? A continuación los detalles:
Cierre de comercios
Todo comercio “cuya actividad sea vender, despachar bebidas alcohólicas al detal” podrá operar desde las 6:00 de la mañana y cerrar a las 12:00 de la medianoche de lunes a jueves, sin embargo podrá operar de 6:00 a.m. a 1:00 a.m. los viernes y sábados.
Esto no aplicaría a los establecimientos que están regulados bajo la Compañía de Turismo, sin embargo no se especificó cuáles son estos.
Mientras, los restaurantes capitalinos que operen después de la hora que dispondría el código tendrán que hacerlo sin vender bebidas alcohólicas.
En el caso de los supermercados, gasolineras y farmacias podrán vender bebidas que estén selladas, pero no podrán consumir alrededor del establecimiento. Quines violen esto, se expondrán a multas de $500 por primera infracción y $1,000 por subsiguientes. También se esponen a la suspensión del permiso de operación.
El borrador del código establece que no se podrá consumir bebidas alcohólicas por ninguna vía sanjuanera.
“Se prohíbe ingerir o poseer envase abierto que contenga bebida alcohólica en las aceras calles, paseos, avenidas, caminos, plazas y sitios públicos”, reza el documento.
Los conductores o pasajeros de un vehículo de motor tampoco podrán consumor alcohol. Hacerlo conllevaría una multa de $500.
Con el nuevo código se prohibiría la venta de vaporizadores (vaping) “a cualquier persona que aparente ser menor de 27 años”, a menos que se le solicite una identificación y pueda establecerse que tiene 21 años o más.
“Obstrucción” de vías públicas
Mientras, en el nuevo código de orden público establece que “se prohíbe obstruir el tránsito vehicular y/o peatonal en las vías públicas, aceras, entradas a propiedades públicas o privadas y/o impedir el uso adecuado de los espacios públicos por los demás habitantes o visitantes del Municipio”.
Agrega que “dicha prohibición incluye sentarse, acostarse, adoptar cualquier otra postura o utilizando y/o colocando cualquier tipo de objeto en las aceras de forma tal que obstruya el libre flujo de tránsito peatonal”.
Esto daría a entender que las manifestaciones estarían prohibidas bajo el nuevo código.
Sobre ruidos
Con el nuevo código propuesto “se prohíbe de cualquier forma o manera, ya sea utilizando o no cualquier equipo reproductor de sonido y/o música, vehículo de motor o motora, o un artefacto capaz de producir ruidos innecesarios, producir un sonido fuerte o perturbante o intenso, que, a la luz de la totalidad de las circunstancias, resulte intolerable, afectando la tranquilidad y el pacífico vivir de las personas”, señala el borrador del Código.
Establece que “el volumen o tono de los reproductores de música, así provenga de un vehículo de motor, establecimiento comercial o residencia, no deberá ser tan alto que se oiga desde la calle ni en forma tal que importune a los vecinos”.
Asimiso se prohíbe que después de las 8:00 de la noche se operen -en los exteriores de residencias, oficinas o negocios- “equipos tales como sierras, lijadoras, taladros, máquinas de cortar grama y equipo de jardín o herramientas de cualquier naturaleza”.
También estaría prohibido operar equipo industrial de construcción, a menos que sea una emergencia.
También se prohibiría que personas utilicen sus casas y predios como talleres de mecánica. Hacerlo conllevaría multas de $1,000.
“Ninguna persona utilizará o permitirá que una propiedad sea utilizada como taller de mecánica, hojalatería y/o pintura para la reparación de vehículos de motor o para el salvamento o recobro de piezas de estos (”junker”) sin contar con todos los permisos pertinentes”.