El Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) podría contar con representación adicional en el Senado y la Cámara de Representantes durante el cuatrienio venidero ante la posibilidad de que se aplique la Ley de Minorías para garantizar la equidad de los cuerpos, según dispone el Código Electoral.

En base a los resultados preliminares de los comicios generales del 5 de noviembre que reportó la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), el Partido Nuevo Progresista (PNP) resultó ser el partido que tendría la mayoría en la Asamblea Legislativa.

Pese a que a penas a comenzado el escrutinio general y faltaría el recuento de ocho escaños legislativos, los novoprogresistas posiblemente tendrían 21 representantes por distrito, además de los cinco que irán a recuento. También, entrarían seis penepés por acumulación. Mientras, otros seis distritos senatoriales serían dominados por el PNP, sin contar el Distrito de Mayagüez IV que irá en recuento. En cuanto a los senadores por acumulación, entrarían cinco novoprogresistas.

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Dependerá si el PNP gana otro escaño de los que irán en recuento que determinará se activaría la Ley. Esto le abriría paso a que el PIP, partido que quedó segundo en la papeleta ejecutiva con los votos adjudicados al candidato a la gobernación Juan Dalmau- que suman a 370,904-, tenga derecho de tener un senador y/o representante adicional.

El comisionado electoral del PIP, Roberto Iván Aponte Berríos, fue cauteloso en anticipar si este estatuto entraría en vigor.

“Es muy temprano”, estableció escuetamente a Primera Hora. “Hay que esperar que finalice el escrutinio y el recuento”, resaltó.

Sin embargo, Aponte Berríos especificó que los aspirantes que podrían entrar a la Cámara de Representantes bajo la Ley de Monoría incluyen a Adriana Gutiérrez, del Distrito Representativo 4 (San Juan); Nelie Lebrón Robles, del Distrito Representativo 40 (Carolina); Raúl Tirado, del Distrito Representativo 31 (Caguas y Gurabo); y Gabriel Casal Nazario, del Distrito Representativo 5 (San Juan, Guaynabo y Aguas Buenas).

En el Senado, podría entrar Adrián González Costa, del distrito senatorial San Juan I; Noel Berríos Díaz, del distrito senatorial Bayamón II, o Dwight Rodríguez Delgado, del distrito senatorial Carolina VIII.

“Todavía es muy prematuro”, coincidió la comisionada electoral del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), Lillian Aponte Dones.

“Hay que esperar que finalice el escrutinio para saber si, en efecto, se activa lo que es la Ley de Minoría, Entonces, entrarían otros candidatos, representantes en cuánto a la participación de otros partidos en esos cuerpos legislativos. Pero, todavía es muy prematuro. Hay que esperar que concluya lo que es el proceso de recuento y escrutinio”, añadió.

Es un cálculo matemático

La Asamblea Legislativa típicamente se compone de un Senado de 27 miembros y una Cámara de Representantes de 51. Es solo cuando un partido recibe más de dos terceras partes de los escaños en el Senado, pero menos de dos terceras partes del voto para gobernador que se aumenta la representación del partido de minoría en la Cámara Alta. Lo mismo sucede en la Cámara Baja.

“La Ley de Minorías dispone que, si un partido o candidatura obtiene más de dos terceras partes de los escaños en el Senado, pero menos de dos terceras partes del voto para el cargo de Gobernador, se aumentará el número de Senadores en representación de los partidos de minoría, hasta un total de nueve. Asimismo, de cumplirse las condiciones previamente enumeradas en el caso de la Cámara de Representantes, se aumentará el número de Representantes de los partidos de minoría”, dictó la CEE en su portal web.

Para determinar cuántos legisladores podría tener un partido de minoría, se debe sumar todos los votos para el puesto de gobernador de todos los partidos de minoría. Ese total se divide por la cantidad de cada partido de minoría.

Luego, se multiplica por nueve, cuyo resultado se resta con la cantidad de escaños obtenidos de la minoría en el Senado. Lo mismo se hace para la Cámara de Representantes, solo que se multiplica por 17.

Desde el establecimiento del Estado Libre Asociado, las disposiciones de la Ley de Minorías han entrado en vigor las elecciones generales de 1952, 1956, 1960, 1964, 1972, 1988, 1992, 1996, 2000, 2004 y 2016.