Presidente del Senado presenta demanda para anular contrato de LUMA Energy
Sustenta que el documento, que no es una escritura pública, no está inscrito en el Registro de la Propiedad.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 3 años.
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El presidente del Senado, José Luis Dalmau, anunció hoy la presentación de dos acciones legislativas y otra más ante los tribunales que tendrían como fin determinar si el contrato de LUMA Energy viola disposiciones legales, y de ser ese el caso que el mismo sea declarado nulo.
“Estoy presentando dos piezas legislativas y un recurso judicial, donde estoy anunciando que el contrato de LUMA con el gobierno de Puerto Rico, entiéndase con la Autoridad de Energía Eléctrica, es uno nulo. Así que voy a radicar un recurso judicial para que el tribunal en Puerto Rico pueda decidir el planteamiento que le estoy haciendo”, anunció el líder del Partido Popular Democrático (PPD).
“Voy a radicar una petición, ya está sometida ante el Senado, para que el Registro de la Propiedad en Puerto Rico, basado en la ley hipotecaria, nos notifique si hay algún tipo de asiento, presentación o inscripción del contrato de LUMA. Y voy a presentar una resolución concurrente, ordenándole al Registro de la Propiedad, de no haber ninguna presentación de un contrato o documento en el Registro de la Propiedad, que no permita que se inscriba ninguno hasta tanto la Asamblea Legislativa investigue los alcances de este contrato”, agregó.
De acuerdo con Dalmau, al no estar registrado en el Registro de la Propiedad, el contrato en el que se le entrega al consorcio LUMA Energy las operaciones de transmisión y distribución de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) viola la Ley para el Registro Inmobiliario del Estado Libre Asociado (Ley 120-2015, según enmendada).
Agregó que, en consecuencia, también estaría violando la Ley de las Alianzas Público Privadas, pues “esa Ley de Alianzas Público Privadas (Ley 29) del 2009 establece la obligación de cumplir con las leyes federales y locales aplicables”, y “no hace ninguna excepción en cuanto al deber de inscribir este contrato, como dice la ley, en el Registro de la Propiedad”.
Dalmau presentó una solicitud de información al Registro de la Propiedad para que certifique, dentro de 5 días, si hay o no “alguna escritura, documento o instancia inscrita ante el Registro de la Propiedad en torno al contrato de APP” de LUMA.
“En la página electrónica del Registro de la Propiedad, se hizo el ejercicio, y no hay ningún documento donde aparezca en contrato de la Alianza Público Privada de LUMA y la Autoridad de Energía Eléctrica”, afirmó Dalmau, agregando que “hace poco más de una semana” fue que se dieron cuenta de la situación que están denunciando.
El líder senatorial también presentó la Resolución Concurrente del Senado 16, a los fines de que, si se certifica que no existe escritura u otra instancia registral sobre la APP de LUMA, se ordene al Registro de la Propiedad “abstenerse de inscribir cualquier escritura o instancia registral sobre esta APP hasta que la Asamblea Legislativa tenga oportunidad de investigar y expresarse sobre el cumplimiento de dicha transacción con las leyes”.
Asimismo, el presidente del Senado presentó un recurso legal ante el Tribunal de Primera Instancia en San Juan, solicitando una sentencia declaratoria estableciendo la nulidad del contrato de la APP de LUMA. Específicamente, alega que dicho contrato, al no haber sido inscrito, viola los artículos 4, 162, 163 y 164 de la Ley del Registro Inmobiliario de Puerto Rico, así como las Reglas 162.1, 163.1 y 164.4 de dicho Registro.
El recurso legal también busca que el tribunal emita un “injunction” preliminar y otro permanente para que LUMA no pueda ejercer ninguna de las facultades otorgadas por el contrato cuestionado, y para que reviertan todas las acciones y prestaciones hechas al amparo del mismo, incluyendo los pagos de unos $1,200 millones ordenados por la jueza federal Laura Taylo Swain y la Junta de Supervisión Fiscal (JSF).
“Vamos a radicar este recurso legal para que sea el tribunal el que determine si los planteamientos que estamos haciendo son los correctos y, de ser los correctos, que anule el contrato”, afirmó.
Además del recurso judicial, y la resolución concurrente, Dalmau presentó el Proyecto del Senado 450, que busca añadir un inciso al artículo 5 de la Ley 130 de 1945, conocida como Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico, para establecer que a partir del 1 de enero de 2017 cualquier empresa que compre, alquile, opere, o de alguna manera utilice activos que han sido manejados por empleados gubernamentales con un acuerdo colectivo vigente estará obligada a respetar el acuerdo de negociación colectiva y la unidad apropiada aplicable como patrono sucesor.
Ambas medidas fueron presentadas hoy mismo ante el Senado y fueron aprobadas.
El líder popular estuvo acompañado en su presentación por el exrepresentante Luis Vega Ramos, quien es actualmente asesor del Senado.
“El documento que se ha estado presentando públicamente como el contrato, que dice ser el documento único de la contratación, de la relación, no es una escritura pública. Y es nuestra contención que ese documento por sí, no puede acceder al registro porque no es una escritura pública que cumpla con la ley hipotecaria”, comentó Vega Ramos. “Y aun si se pudiera radicar ese documento o una escritura pública con fecha de hoy, los efectos bajo la ley hipotecaria serían prospectivos, eso quiere decir que lo que pasó entre junio 22 del año pasado y hoy, podría ser anulable y nulo”.
Dalmau admitió que Registro podría aceptar recibir y registrar el contrato de LUMA, pero “nos estarían dando la razón si lo hacen. Lo hacen ahora para subsanar el defecto, todo lo que hicieron antes es nulo, porque incumplió con la ley. La transferencia, los empleados, las acciones, la administración, el dinero asignado, todo eso es anulable”.