PIP, MVC y PD defienden ante el tribunal su representatividad en la CEE
Juez emitirá su dictamen por escrito.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 3 años.
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Durante la vista argumentativa que se realizó este viernes ante el juez del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, Anthony Cuevas Ramos, para discutir las demandas en las que el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y el Movimiento Victoria Ciudadana ( MVC) reclamaban representatividad en la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), se expusieron dos puntos de vista: el del derecho del elector a estar representado por su colectividad y el de la obligatoriedad del ente electoral de cumplir con un plan fiscal ante la Junta de Supervisión Fiscal cuando los partidos no tiene derecho a la igualdad económica.
Una artillería de abogados de los cinco partidos políticos, que también incluyeron al Proyecto Dignidad (PD), Partido Popular Democrático (PPD) y el Partido Nuevo Progresista (PNP), así como de la CEE se presentó ante el juez en una vídeoconferencia para debatir teorías sobre las razones por las que se debe o no sostener una decisión del presidente de la Comisión, Francisco Rosado Colomer, que solo deja al PNP y al PPD con comisionados “propietarios” en ese ente por ser partidos mayoritarios. Esto les da la potestad a sus comisionados a intervenir en cualquier asunto, querella o investigación electoral que esté bajo la jurisdicción de la Comisión en todo el cuatrienio.
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El resto de los comisionados, o sea, los del PIP, MVC y el PD, serían tratados como “adicionales”. El Código expone que “serán convocados por el presidente a las reuniones del pleno de la Comisión a partir del comienzo del ciclo electoral de la próxima elección general y cuando los asuntos a discutir, considerar o adjudicar se relacionen específicamente con los que correspondan a las categorías y las demarcaciones geoelectorales de estos partidos políticos”.
La posición que fijaron el PIP, el PD y el PPD es que esta determinación del presidente de excluir a los partidos minoritarios de la toma de decisiones de la CEE se tomó bajo dos artículos supuestamente inconstitucionales, el 3.1 y 6.1, del nuevo Código Electoral.
“La clasificación que aquí se está impugnando está creando una diferencia basada en mero apoyo electoral. Está diciendo el legislador el PIP, PD o MVC debe tener una voz más menguada, porque menos gente votó por ellos… La primera enmienda (sobre libertad de expresión y asociación) no tolera que eso sea el criterio”, afirmó el abogado del PPD, Jorge Martínez Luciano.
El MVC, representado por el abogado Jorge Farinacci Fernós, se mostró incongruente al hablar sobre la representatividad que debe tener todo partido y al exponer el reclamo de su partido. Por un lado, señaló que al PIP, PD y al MVC se le ha degradado la franquicia electoral que retuvieron en las elecciones generales.
“Si uno puede limitarse meramente a preservar la franquicia, pero la despoja de todo derecho y todo el contenido, pues lo que queda es un caparazón vacío”, llegó a decir.
Sin embargo, su reclamo fue de mantener en vigor lo que establece el Código Electoral aprobado en junio del 2020. Lo usó para aludir a que esta regulación establece que debe haber tres comisionados propietarios y que como su partido fue el tercero que más votos íntegros sacó en las elecciones, correspondería a que la CEE le conceda el poder a su colectividad para estar representada.
Su reclamo fue contrarrestado por el abogado del PPD.
“A mí me sorprende un poco la contención poco solidaria del MVC de que lo que falta es completar los tres y con eso estamos bien, porque yo entiendo que faltan todos. Yo entiendo que todas las voces de todos los puertorriqueños tienen el mismo peso y el mismo valor, y los comisionados que representan a todos esas organizaciones políticas deben ser oídos de la misma manera y su voto debe tener el mismo peso en el organismo democrático”, afirmó Martínez Luciano.
Los abogados de la CEE y el PNP, por su parte, defendieron la restricción en la participación de los demás partidos bajo el argumento de que el Tribunal Supremo estableció en un caso llevado por la excomisionada novoprogresista, Norma Burgos, que estos no tienen derecho a la igualdad económica. Este dictamen lo usaron para exponer que como en los próximos tres años la CEE operará bajo un recorte impuesto por la Junta de un 32%, pues los legisladores que aprobaron el Código lo acogieron al establecer diferencias entre quién podía o no tener representatividad durante todo el cuatrienio.
“En la parte económica administrativa no hay derecho Constitucional a nada, a tener nada”, afirmó el abogado de la CEE, Manuel Fernández Mejías.
Mientras, el abogado Francisco González Magaz, del PNP, reconoció que la distinción que se hizo en el Código Electoral para dar representatividad fue por el impacto puramente económico.
“El impacto aquí no es tanto voz y voto. Es uno más bien económico. Es poder mantener la oficina y el ‘staff’ que eso conlleva”, dijo con candidez.
Los partidos que reclaman la inconstitucionalidad de las acciones del presidente de la CEE fustigaron la postura de que por consideraciones económicas se limite la representatividad del elector. Llegaron a establecer que esa postura no era del todo cierta, pues en la regulación se le concedió un aumento de salario al presidente y a los comisionados electorales.
Asimismo, el abogado de PD, Germán Ufret, expuso que “no se puede tratar de manera dispar a partidos válidamente inscritos… No hay análisis constitucional que aguante la razonabilidad de una legislación como esa. No existe manera, cuando hay un derecho constitucional del voto y se ve afectada la representatividad de personas que decidieron votar íntegramente”.
Farinacci Fernós estableció el punto de que los tres partidos descartados por la CEE obtuvieron el 37% de los votos íntegros.
“Es irracional excluir a partidos que sumados sacaron el 37%, cuando ninguno de los partidos que se quedaría (con representatividad en la CEE) llegó a esa cantidad”, afirmó.
Por su parte, el abogado constitucionalista Carlos Iván Gorrín Peralta, en representación del PIP, tronó contra la supuesta pretensión de la CEE de suprimir derechos por aspectos económicos.
“No debe el poder judicial permitir que el trumpismo se apodere de la CEE, que por décadas se ha fundamentado en un principio de igualdad como garante de la democracia electoral de Puerto Rico”, manifestó.
A modo de ejemplo, expuso que si la CEE tiene $5, se supone le dé $1 a cada uno de los cinco partidos, no $2.50 a solo dos partidos.
“No hay igualdad económica y, por lo tanto, hay sacrificar la igualdad en cuanto a participación en los procesos decisorios de la CEE… El pueblo ha ordenado que la cosa pública esté en mano de los cinco partidos que tienen apoyo. Sin embargo, se le quiere privar a más de una tercera parte de los electores, a un apoyo mayor que lo que tuvieron los dos partidos, a ese sector se le quiere excluir de los procesos decisorios de la CEE. Es evidente que la CEE quiere seguir operando bajo bases ilícitas”, manifestó el letrado.
Ante estos planteamientos, el juez Cuevas Ramos se reservó el fallo. Indicó que espera en los próximos días enviar su dictamen por escrito.
Quedó en el tintero, durante la vista, un argumento traído por la CEE y el PNP en torno a que se discutía un planteamiento de inconstitucionalidad de una ley y el Departamento de Justicia no estuvo representado, como se supone ocurra.
El abogado de la CEE también dejó constar que se evalúa la posibilidad de permitir que un tercer comisionado tenga representatividad.
Por otro lado, cabe destacar que durante la vista, el juez regañó a Fernández Mejías por hacer gestos y sonrisas mientras los otros abogados hablaban.
“No me parece muy bien”, le dijo el juez al abogado de la CEE. “No sé de lo que está hablando, pero en ocasiones hay mucha sonrisa y unos gestos que están faltando el decoro en un tribunal… Voy a pedirle, por favor, que pueda mantener un poco más de decoro. Entiendo el malestar que pueda sentir. Créame que es difícil callarse y no hacer gesto, pero lo hago y, si yo puedo hacerlo, creo que todo abogado puede hacerlo”.