Tal como se esperaba, las partes involucradas en la controversia sobre la legalidad de la confirmación de Pedro Pierluisi como gobernador de Puerto Rico en sustitución del renunciante Ricardo Rosselló.

En su alegato ante el Tribunal Supremo en busca de resolver la controversia Pierluisi argumenta que “la compleja situación” de crisis político constitucional que atraviesa Puerto Rico “requiere un alivio inmediato”.

“Simple y llanamente, Puerto Rico necesita certidumbre y tener la garantía de que su gobierno en función es legítimo y producto del orden constitucional”, afirma Pierluisi.

Argumenta que, por el contrario, el Senado no busca “esa estabilidad”, sino que pretende que se “remueva al Gobernador de Puerto Rico del cargo que ostenta legítimamente”, usando una “interpretación constitucional acomodaticia”.

Añade además que el remedio que busca el Senado, “de ordinario solamente puede ser solicitado por la Secretaria de Justicia de Puerto Rico por medio del recurso del ‘Quo Warranto’”, y asegura que concederlo “tendría un impacto nefasto en la gobernabilidad de Puerto Rico”.

Insiste, además, que “el Senado, sin una explicación razonable, abdicó su poder de ejercer dicha facultad constitucional. En otras palabras, el Senado decidió renunciar a su derecho a confirmar al Secretario de Estado”. Añade que, ante esa realidad, el Senado “está impedido” de buscar “una vindicación constitucional”.

No obstante, el documento sometido por Pierluisi reconoce que las circunstancias en la que asumió como gobernador “no necesariamente constituye un escenario idóneo desde el punto de vista de la democracia electoral”, aunque insiste en que “sí constituye un evento indiscutiblemente constitucional”.

Por su parte, el documento sometido por el Senado de Puerto Rico y su presidente Thomas Rivera Schatz argumenta que a ese cuerpo legislativo no se le dio la “oportunidad de ejercer su facultad constitucional de consejo y consentimiento” en contravención con la Ley 7 de 2005 y la Constitución de Puerto Rico.

“Dicha actuación usurpó de manera flagrante las prerrogativas constitucionales del Senado de Puerto Rico”, afirma el documento.

“Es evidente que, conforme a la Constitución de Puerto Rico y el debate de la Asamblea Constituyente, para que un Secretario de Estado pueda ocupar el puesto de gobernador después de una vacante absoluta de éste, el primero tiene que ocupar previamente su puesto en propiedad, luego de haber cumplido con el proceso de confirmación. En el caso particular del secretario de estado, dicho proceso exige el consejo y consentimiento de ambos cuerpos legislativos: Cámara y Senado. Lo que aquí no se cumplió”, agrega el reclamo del Senado.