Pierluisi presenta medidas legislativas para atajar la violencia de género
Una medida establece que el tribunal no tendrá discreción para imponer el grillete electrónico en los casos relacionados con libertad bajo fianza.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 meses.
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La imposición de manera obligatoria de un grillete electrónico a los acusados de violencia de género se incluyó entre las propuestas legislativas que el gobernador Pedro Pierluisi envió esta martes a la Legislatura.
Los cambios se impulsan luego de que una familia fuera asesinada en Yauco en medio de una controversia en la que se puso en tela de juicio el proceso criminal que se siguió en los tribunales, y en el que al imputado no se le colocó un grillete electrónico.
Según se informó en comunicado de prensa, la medidas están enfocadas en cambios “necesarios para la protección a víctimas de violencia de género”.
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La primera propuesta fue para enmendar varios artículos de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, y la Ley 99-2009, según enmendada, conocida como Ley para Crear el Programa de Vigilancia, Protección y Prevención de Violencia Doméstica, para establecer que el tribunal no tendrá discreción para imponer el grillete electrónico en los casos relacionados con libertad bajo fianza (a la espera de juicio) en casos de maltrato, maltrato agravado, maltrato mediante restricción a la libertad y agresión sexual conyugal.
La medida también recoge una orden administrativa que recientemente se emitió en el Poder Judicial a los efectos de que las vistas en alzada- en casos de violencia doméstica - sean pautadas para una fecha que no excederá de tres días laborables y se establece la obligatoriedad para que el Programa de Servicio con Antelación al Juicio (PSAJ) establezca con claridad las zonas de exclusión en su informe, que son los lugares a los que no se puede acercar la persona a quien se le restringe su libertad de movimiento por encontrarse bajo supervisión electrónica.
La segunda propuesta es para enmendar la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica (Ley 54). Se le conocería como Ley para la Integración Tecnológica entre el Poder Judicial y la Rama Ejecutiva para proteger a las víctimas de Violencia Doméstica en Puerto Rico.
El propósito de la medida es permitir el diligenciamiento electrónico como método supletorio en estos casos.
“El proyecto establece que una vez una de la parte peticionada ha sido notificada personalmente de que existe una orden de protección exparte en su contra y que hay un señalamiento de vista o de que ha sido presentada una petición en su contra y hay señalada una vista para atenderla, será prueba suficiente del diligenciamiento una certificación electrónica de la gestión realizada afirmada por un alguacil o agente del orden público. Asimismo, se admitirá la certificación electrónica de diligenciamiento como prueba acreditativa suficiente de que la notificación personal establecida en la Ley en contra de una parte peticionada fue debidamente diligenciada. Igualmente, ordena que una vez un juez determine extender una orden de protección, será suficiente la notificación por un alguacil o agente del orden público utilizando los medios electrónicos autorizados por virtud de Ley, eliminando así la obligación de llevar a cabo una notificación personal a la parte agresora”, se detalló en la comunicación.