Pierluisi firma medida de moratoria a la crudita
El gobernador da paso al alivio temporero sobre el impuesto de 16 centavos con que se grava el galón de gasolina y el de cuatro centavos sobre el diésel.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 2 años.
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El gobernador Pedro R. Pierluisi firmó hoy, martes, la Resolución Conjunta de la Cámara 332, que aclara estatutos de la Resolución Conjunta 7 de 2022 y establece una moratoria en el impuesto a la gasolina y al diésel ‘’oil’ (crudita) por un periodo de 45 días con la intención de mitigar el impacto del aumento del petróleo en el bolsillo del consumidor.
Su firma se establece luego que el Senado de Puerto Rico aprobara de manera unánime la legislación que establecería el tan esperado alivio temporero sobre el impuesto de 16 centavos con que se grava el galón de gasolina y el de cuatro centavos sobre el diésel.
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En un comunicado de prensa, el gobernador establece que a partir de mañana, miércoles, la Asociación de Suscripción Conjunta (ASC) deberá declarar un dividendo extraordinario de $50 millones de su reserva de capital que estará sujeto a una contribución especial de un 50 por ciento.
Por lo tanto, la ASC remitirá $25 millones al Fondo General en o antes del próximo 30 de junio, que serán utilizados para compensar la pérdida de recaudos que generará la suspensión temporera del arbitrio a la gasolina y al “diesel oil”.
Mientras, el Departamento de Hacienda suspenderá temporalmente, hasta un tope de $25 millones, el agregado al arbitrio a la crudita que será aplicable a inventario existente y disponible.
“Con esta medida buscamos darle un alivio al pueblo y al impacto económico en nuestras familias ante el aumento del combustible como consecuencia del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania, entre otros factores. El Departamento de Hacienda, así como el Departamento de Asuntos al Consumidor están listos para actuar conforme al mandato de la Ley”, sostuvo el gobernador Pierluisi.
Mientras dure la moratoria, el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) mantendrá vigente una orden de prohibición de aumentos de los márgenes de ganancia bruta en todos los niveles de distribución y mercadeo en la venta de gasolina, gas licuado de petróleo y diesel. Asimismo, el DACO y Hacienda deberán asegurarse que la reducción en el arbitrio llegue al consumidor y se refleje en el precio final que paga este.