El gobernador Pedro Pierluisi convocó este viernes a los legisladores a una sesión extraordinaria en la que se incluyó el incentivo reintegrable, que es una suma de dinero que se le devolverá a los contribuyentes de clase media tras la radicación de su planilla de contribucion sobre ingresos para el ciclo del 2024.

El anuncio lo hizo el ejecutivo mediante un comunicado de prensa, en el que destacó que la sesión iniciará el próximo lunes, 9 de diciembre y, como establece la Constitución, podrá extenderse hasta un máximo de 20 días.

“La economía de Puerto Rico se ha mejorado a niveles muy positivos, teniendo entre otros logros, la tasa de desempleo más baja en toda nuestra historia. Es necesario continuar mejorando nuestras condiciones de hacer negocios y de mantener empleos bien remunerados para nuestra gente. Es necesario evaluar legislación de importancia para Puerto Rico que no logró culminar el trámite legislativo durante las sesiones ordinarias de esta Decimonovena Asamblea Legislativa y, además, unas medidas puntuales que inciden directamente en el desarrollo económico de Puerto Rico”, establece la Orden Ejecutiva.

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El gobernador añade en el documento que, “en esta convocatoria se incluyen medidas para brindar alivios contributivos; agilizar la recuperación y reconstrucción de la infraestructura crítica; atender asuntos que conciernen municipios y realizar enmiendas técnicas y necesarias a legislación recientemente aprobada, entre otras”.

Las 10 medidas incluidas en la convocatoria son:

A-107 - Para asignar al Departamento de Hacienda $250,000,000 para financiar los costos relacionados con brindar un alivio contributivo a ciertos individuos para el año contributivo 2024. Se trata de una medida similar al incentivo reintegrable que se ya se dio por parte del Gobierno en el 2024 (para el año contributivo 2023).

El pasado año, los contribuyentes que devengaron entre $41,500 a $250,000 recibieron un cheque de $200 por este incentivo reintegrable.

A-108 - Enmiendas técnicas a las enmiendas al Código de Incentivos de Puerto Rico; a los fines de establecer un nuevo incentivo que fomente el desarrollo de viviendas en los centros urbanos de los municipios.

A-109 - Enmendar como la “Ley de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico” y enmendar el inciso Cuarto del Artículo 2 de la Ley Núm. 17 de 12 de septiembre de 1948, según enmendada para desprender a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico de su carácter de subsidiaria del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico. Se trata de un asunto técnico pero impostergable, pues al haber desaparecido el BGF, y estando la AFV en un proceso de restructuración es necesario el cambio legal.

P. del S. 1497 - Enmiendas técnicas a la Ley 293-2004 “Ley del Fondo Permanente para la Preservación Ambiental de Culebra y Vieques”. Esta enmienda busca aclarar que los fondos recaudados en cada municipio serán usados específicamente para la preservación de ese respectivo municipio.

P. de la C. 2197 - Enmiendas técnicas al Código Político de 1902 para reinstalar el lenguaje de cómo se numeran y citan las leyes. La Ley 120-2024, que creó la “Biblioteca Presupuestaria y Gerencial Miguel J. Rodríguez Fernández” (adscrita a la OGP) eliminó, por inadvertencia, la parte del código que disponía como se citan las leyes. Este proyecto reinstala ese lenguaje.

R.C. de la C. 649 - Adoptar el Plan de Reúso de la Antigua Estación Naval de Roosevelt Roads de 2004 y actualizado en 2010 como el Plan de Desarrollo Maestro de los terrenos de la Estación Naval.

R.C. de la C. 24 - Ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a la ley, que el Parque Luis Muñoz Rivera, localizado en Puerta de Tierra pase al Municipio de San Juan.

P. de la C. 2199 - Para enmendar la Sección 4, de la Ley 37-2024, a los fines de aclarar las disposiciones sobre la vigencia de dicha Ley.

P. de la C. 1731 -Para declarar la política pública del Gobierno de Puerto Rico en torno al desarrollo agrícola de los terrenos comprendidos dentro del Valle de Bucarabones (Mucarabones) en el Municipio de Toa Alta, y declararlos reserva agrícola.

P. del S. 1321 - Enmiendas al “Código de Rentas Internas”, para armonizarlo con Convenios de Doble Imposición (Double Taxation Agreement o DTA) suscritos por Estados Unidos.