Pierluisi convierte en ley cinco medidas y veta otras dos
Vetó un proyecto que buscaba que personas con empleo remoto regresaran a vivir a Puerto Rico.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 meses.
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El gobernador Pedro R. Pierluisi, convirtió hoy en ley cinco medidas legislativas y vetó otras dos.
Según precisó el primer ejecutivo en comunicación escrita, las piezas legislativas vetadas fueron los Proyectos del Senado 1066 y 1124. El primero de estos buscaba enmendar la Ley de la Administración de Servicios Generales para establecer un tope de 10 por ciento sobre el monto original del contrato en las órdenes de cambio. La segunda medida vetada proponía crear la Ley para Fomentar el Regreso a Puerto Rico con Empleo Seguro mediante el mecanismo de entrevistas virtuales.
Pierluisi apuntó a que el Proyecto 1066 podría afectar significativamente la continuidad de los proyectos y las obras contratadas con el Gobierno de Puerto Rico; mientras, dijo que aunque el 1124 proponía que las personas radicadas fuera de Puerto Rico regresaran a la Isla con un empleo seguro, “no presentaba un mecanismo adecuado para lograr su objetivo”.
Las medidas que finalmente convirtió en ley el ejecutivo fueron:
- Proyecto del Senado 531: tipifica como delito grave en el Código Penal de Puerto Rico el hacerse pasar o representar a un agente del orden público para cometer cualquier actividad delictiva. Por lo tanto, toda persona que, sin serlo, se vista e identifique como agente del orden público para cometer actos ilegales, será sancionada con una pena de reclusión.
- Proyecto del Senado 1352: queda claro que la Ley de Aseguradores y Reaseguradores de Seguros Internacionales (CIS-Capítulo 61 del Código de Seguros), es una ley especial separada y distinta de la aplicable a aseguradores domésticos tradicionales. Ante esto, se establece que los aseguradores internacionales bajo la Ley del CIS pueden hacer negocios en Estados Unidos y otras jurisdicciones siempre que cumplan con dicha ley y las aplicables en las jurisdicciones.
La nueva ley dispone que al estar sujeto a un tratamiento estatutario distinto al que aplica a los aseguradores domésticos autorizados bajo el Capítulo 3 del Código, “un asegurador o reasegurador internacional no podrá solicitar trato de reciprocidad en un estado o territorio de Estados Unidos para propósitos de licenciamiento o de crédito por reaseguro, descansando en que las disposiciones de ley y normas de Puerto Rico aplicables al asegurador o reasegurador internacional sean consideradas sustancialmente similares a las de tal estado o territorio”.
- Proyecto del Senado 1264: uniforma los términos de revisión judicial en los procesos de licitación pública, dispone los métodos de licitación y uniforma las cuantías en las compra y subastas formales e informales con el Código Municipal de Puerto Rico y la reglamentación federal. La ASG y la Federación de Alcaldes endosaron la iniciativa legislativa.
- Resolución Conjunta del Senado 19: autoriza al municipio de Barceloneta a que en la antigua escuela prevocacional del barrio Magueyes, no tan solo se brinden programas de desarrollo agrícola, sino otros que sean de beneficio para la ciudadanía.
- Resolución Conjunta del Senado 443: reasigna al Departamento de Recreación y Deportes (DRD) $250 mil para rehabilitar el Centro Acuático de la YMCA de San Juan para la cual se autoriza el pareo de fondos reasignados.
El DRD y la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) se expresaron a favor de esta medida.