Piden llevar a las comunidades vistas sobre cambios al Código de Orden Público en San Juan
La medida regula el horario en el que pueden hacer ruido las máquinas de cortar grama. Lee aquí siete puntos que se proponen cambiar.
Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 1 año.
PUBLICIDAD
El municipio de San Juan bajo el liderato del alcalde por el Partido Nuevo Progresista (PNP), Miguel Romero Lugo, propuso cambios al Código de Orden Público que afectarían, entre otras cosas, el horario de operación de comercios, por lo que hoy, domingo, el legislador municipal Manuel Calderón Cerame, solicitó que las vistas públicas sobre la medida se lleven a las comunidades.
Mediante una carta que dirige a la presidenta de la Legislatura Municipal de San Juan, Gloria Escudero Morales, Calderón Cerame solicitó que las vistas públicas de la medida sean trasladadas del Salón de la Legislatura Municipal hasta “las comunidades y zonas comerciales que se verán impactadas con las determinaciones que contiene este Código”.
La medida ha sido objetada por la Asociación de Comerciantes del Viejo San Juan, que mediante su cuenta de Facebook cuestionó la propuesta.
Algunos de los puntos que incluye el Código que se evaluará son:
- Limita el horario de venta de bebidas alcohólicas en San Juan de lunes a jueves de 6:00 de la mañana a 1:00 de la madrugada. La medida incluye cambios si se trata de un lunes feriado, cuando los comerciantes podrán vender bebidas alcohólicas hasta las 2:00 de la madrugada. Los sábados y domingos también se podrá extender el horario de venta hasta las 2:00 de la madrugada.
- El comercio tendrá responsabilidad de frenar la venta de bebidas alcohólicas a personas que “por su conducta o comportamiento, refleje estar en evidente estado de embriaguez”.
- Establece como 21 años la edad mínima para la compra de cigarrillos electrónicos y vaporizadores.
- Todo comercio que venda bebidas alcohólicas estará obligado a tener un sistema de cámaras de seguridad que mantenga grabación continua durante el horario de operación de ese negocio.
- No se permitirá utilizar, en el exterior de residencias, oficinas o negocios, equipos domésticos de motor, tales como sierras, lijadoras, taladros, máquinas de cortar grama y equipo de jardín o herramientas de cualquier naturaleza, cuyo ruido perturbe la paz de sus vecinos entre 8:00 de la noche y 7:00 de la mañana.
- Toda persona que infrinja lo dispuesto en el punto anterior sobre ruidos, se expone a una multa administrativa de $500 por una primera infracción y $1,000 por una segunda infracción.
- Si usted construye donde había árboles, incorporará los árboles existentes en el predio y sembrará nuevos árboles de acuerdo a la reglamentación vigente en ese momento.
Para leer el Código de Orden Público propuesto pulse aquí.