El Departamento de Justicia encontró 20 posibles violaciones al Código Penal y a Ley de Ética contra el alcalde de Guaynabo, Héctor O’Neill, por lo que fue referido a la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente (OPFEI).

La secretaria de Justicia, Wanda Vázquez, dijo en conferencia de prensa, que “entendemos que existe causa suficiente para creer que el alcalde de Guaynabo pudo haber incurrido en 20 violaciones de ley, incluyendo las disposiciones de los artículos 3.1, 3.4 y 3.5 de la Ley 54 de Violencia Doméstica, que son maltrato psicológico y/o emocional contra persona con quien tuviese o haya tenido una relación consensual, maltrato mediante restricción a la libertad y agresión sexual contra persona con quien sostuviese o haya sostenido una relación consensual”.

Mencionó que  otras tres violaciones responden a los artículos 135 y 136 del Código Penal, “por acoso sexual y exposiciones obscenas en algunos de estos cargos contra dos perjudicadas”.

La investigación preliminar, que se realizó en 56 días, también demostró “causa suficiente por violaciones a los artículos 252 y 281 del Código Penal del 2012, por aprovechamiento ilícito de trabajos o servicios públicos, y por impedir o persuadir la incomparecencia de testigos, además del artículo 255 del Código Penal de 2004, por aprovechamiento ilícito de trabajos o servicios públicos”.

Vázquez también dijo que violentó el cuatro instancias el artículo 4.2 de la Ley de Ética Gubernamental, “porque un servidor público no puede utilizar sus deberes y las facultades de su cargo, ni la propiedad o los fondos públicos para obtener, directa o indirectamente, para él o para una personas privada o negocio, cualquier beneficio que no esté permitido por ley”.

El alcalde O’Neill fue informado esta mañana sobre el referido.

Antes de pasar su informe a la OPFEI, agencia que tiene 90 para hacer su investigación y acoger o descartar los referidos, la titular de Justicia reiteró que el análisis se hizo “de una manera diligente, como corresponde en ley”.

Agregó que Justicia no puede acusar, arrestar, ni destituir a un alcalde.

“Ahora corresponde a la OPFEI, conforme a su ley habilitadora, evaluar y determinar si procede la radicación de cargos en este caso”, sentenció.

La fiscal Lynnette Velázquez Grau tuvo a cargo la investigación que cuenta con un informe de más de 50 páginas. 

Hace casi dos meses que trascendió que el alcalde O’Neill transó una demanda por hostigamiento sexual.

Hace 59 días, el gobernador Ricardo Rosselló le pidió la renuncia cuando no dio detalles del caso que le imputó una policía municipal y que transó supuestamente por $450,000. 

El gobernador también pidió a Justicia que investigara al alcalde, quien fue declarado semanas después como sospechoso, según reveló el propio abogado del mandatario municipal Joaquín Monserrate Matienzo.

En la conferencia de prensa, Vázquez precisó que una de las perjudicadas es  la mujer policía (previamente identificada como Yenetamine Díaz Zayas) con quien transó la demanda, mientras que hay una segunda fémina de la que no se reveló su identidad. Eso sí, indicó que fue empleada del municipio.

Denunció que una de las perjudicadas fue traída desde Estados Unidos, a pesar de que hubo impedimentos para que no fuera entrevistada.

“Se trató de impedir la cooperación con las autoridades. Las situaciones que habían ocurrido fueron negociadas para que las personas no cooperaran. Nadie puede negociar el silencio de ningún testigo”, indicó la secretaria de Justicia, quien recordó que la persuasión de testigos está contemplado en el Código Penal.

Vázquez añadió que todos los hallazgos de la agencia redundan en delitos graves, pero que el análisis de las sanciones recae ahora en la OPFEI.